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Fiscalía podrá detener sin orden previa de un juez

Congreso aprobó más plata para la Rama y decidió la eliminación definitiva de la Judicatura.

Uno de los puntos más importantes de la reforma de la justicia que salió ayer del Congreso le devuelve poder a la Fiscalía General de la Nación para capturar, hacer interceptaciones telefónicas y realizar allanamientos sin previa autorización de un juez.
Desde el 2005, con la entrada en vigencia del nuevo Sistema Penal Acusatorio, todas las actuaciones en una investigación deben contar con el aval de un juez de garantías. Hasta ese momento, los fiscales tenían potestad para dictar pruebas y, sobre todo, para decidir sobre la libertad de los sindicados.
El Gobierno y el Fiscal impulsaron dos artículos que, en teoría, apuntan a combatir la gran criminalidad y los grupos armados ilegales.
Así, en casos graves, que deberán ser definidos en una ley reglamentaria, el ente investigador podrá "realizar capturas de manera excepcional y en concordancia con los principios constitucionales. (...) (También) adelantar registros, allanamientos, incautaciones e interceptaciones de comunicaciones".
El tiempo para la legalización de esas actuaciones ante un juez, incluidas las capturas, también se amplió en casos excepcionales de 36 a 72 horas. La justificación del Gobierno y de la Fiscalía es que muchas de las capturas y operaciones contra los grupos guerrilleros y las nuevas bandas terminan cayéndose porque los detenidos no llegan a tiempo ante un juez debido a las dificultades logísticas.
Enterrada la Judicatura
Tal y como lo habían acordado el Gobierno y las cortes, el Congreso enterró, después de 20 años de existencia, el polémico Consejo Superior de la Judicatura.
En reemplazo de la Sala Disciplinaria se elegirá un Consejo Nacional de Disciplina Judicial que, en ningún caso, podrá decidir sobre acciones de tutela.
La nueva gerencia de la Rama Judicial, que tendrá representación de las cortes Suprema y Constitucional y del Consejo de Estado y reemplaza a la Sala Administrativa, deberá disponer de dos billones de pesos adicionales al presupuesto ordinario para planes de modernización y descongestión. En este último frente, abogados, notarios y algunos particulares tendrán facultades temporales para decidir en algunos procesos. Fue uno de los puntos a los que más se opusieron las altas cortes.
El Congreso decidió también darse facultades para investigar penal y disciplinariamente al Procurador y al Contralor General, que no estaban en su órbita y se suman a otros altos funcionarios como el Presidente, el Vicepresidente, los magistrados y el Fiscal General.
Y aunque los periodos de los magistrados de las tres altas cortes quedaron en doce años, los que investigarán y juzgarán a los congresistas en la Corte Suprema (que no han sido nombrados y no harán parte de la Sala Penal) estarán en sus cargos por ocho años. En todos los casos habrá doble instancia, que será realizada por la Sala Plena.
Puntos claves sobre reforma
1. 12 años en Cortes
Se requerirá más experiencia para ser magistrado, pero se amplía la edad de retiro forzoso (de 65 a 70 años) y el periodo en el cargo, de 8 a 12 años. Hubo críticas porque el Congreso decidió beneficiar a los actuales magistrados.
2. El Procurador
El Procurador General no volverá a investigar a los congresistas. Esa facultad pasa a dos salas nuevas que se crearán en el organismo, en las que el jefe del Ministerio Público no tendrá ninguna injerencia.
3. ¿Desde cuándo?
Algunos de los cambios rigen de manera inmediata. Pero, explican los juristas, muchos de estos, especialmente los que tienen que ver con los juicios de los aforados, necesitan leyes reglamentarias.
4. Vienen demandas
El Observatorio para la Justicia, la MOE y la Red de Veedurías Ciudadanas anunciaron demandas ante la Corte Constitucional y un referendo revocatorio. Dicen que el Congreso legisló en causa propia.
Varios tienen procesos en curso
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