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Empresas de taxis, a responder por accidentes de tránsito

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Así lo confirmó la Corte Suprema de Justicia.

La Corte Suprema de Justicia confirmó condena a Radio Taxi Aeropuerto por muerte de un peatón causada por un vehículo afiliado a la empresa.
 
En un fallo de casación, la Sala Penal del alto tribunal consideró que "las empresas de taxi deben responder, solidariamente con el propietario del automotor de los daños que causen los vehículos afiliados".
 
El caso ocurrió en la madrugada del 8 de marzo del 2008. El taxi de placas VDG333, afiliado a Radio Taxi Aeropuerto y conducido por Víctor Manuel Albarracín, atropelló Jhonatan Guerra Fernández provocando su muerte.
 
Nueve meses después, el conductor fue condenado a 32 meses de cárcel y a pagar 85 millones de pesos por los perjuicios morales a la madre de la víctima.
 
El Juzgado sexto del Circuito también vinculó solidariamente en el pago de la indemnización a la empresa Radio Taxi Aeropuerto y a Colpatria, la firma aseguradora del vehículo.
 
La empresa de taxi alegó que el conductor que causó el accidente no era empleado suyo ni subalterno. Sin embargo, la Corte consideró que estas compañías están obligadas a ejercer un control sobre la operación del servicio y la utilización de los vehículos.
 
"Las empresas operadoras de transporte --sin excepción-- son responsables patrimonialmente de los perjuicios que sean consecuencia del desarrollo de su actividad", concluye la Corte en el fallo.

REDACCIÓN JUSTICIA

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