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Uniones del mismo sexo ganaron el derecho a heredar a su pareja

Por: REDACCIÓN JUSTICIA | 7:37 a.m. | 13 de Abril del 2011

Herencia para Gays
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A las comunidades de homosexuales solo les faltan los derechos a adoptar y a contraer matrimonio.

Al revisar una demanda de constitucionalidad contra 18 artículos del Código Civil referentes al tema de la herencia, la Corte Constitucional tumbó la limitación que existía para que los bienes pasaran legalmente solo entre cónyuges.

La demanda pretendía reconocer explícitamente ese derecho a los compañeros permanentes (parejas en unión libre) y, por extensión, los magistrados ordenaron aplicarlo a las parejas homosexuales. La ponencia inicial, del magistrado Jorge Pretelt, no fue apoyada por la mayoría, pues remitía al Congreso el capítulo de la sustitución en parejas gays.

Desde mediados de la década pasada, con varias demandas y tutelas, esas comunidades han logrado que la Corte Constitucional amplíe el espectro de sus derechos.

Los magistrados eliminaron las distinciones en materia de sustitución pensional, afiliación en salud y prestaciones sociales.

Los artículos fueron declarados exequibles, pero en forma condicionada, "siempre y cuando la porción conyugal se entienda que se entiende a la compañera o compañero permanente y a parejas del mismo sexo", dice el fallo.

La Corte exhortó al Congreso para que legisle sobre las uniones maritales de hecho y las parejas del mismo sexo.

"Es un tema de trascendencia social que merece debate en el Congreso", dijo el presidente de la Corte, magistrado Juan Carlos Henao.

La porción conyugal es la parte de los bienes que deja una persona al fallecer y que por ley le corresponden a su cónyuge, para manutención y sobrevivencia.

La Corte, de todos modos, precisó que esta decisión "solo tiene efectos patrimoniales" y que no altera el concepto de familia que está vigente (unión entre hombre y mujer con fines de procrear) y que es objeto de una de las demandas de la comunidad gay.

En este momento, el mismo Tribunal tiene en sus manos sendos procesos: el matrimonio entre parejas gays y su derecho a adoptar. 

Reacciones al fallo

Mónica Roa, directora de la ONG Women's Links Worldwide, celebró la decisión de la Corte y aseguró que los magistrados están enviando un mensaje de reconocimiento de los derechos de las parejas homosexuales.

"Esperamos que la Corte mantenga la misma tendencia para otras decisiones como el matrimonio y la adopción en parejas homosexuales. Felicito a los magistrados, felicito a los líderes que lucharon por sacar adelante esta decisión y a la comunidad gay porque se les están reconociendo sus derechos", dijo. 

Por su parte, Carlos Fradique, abogado experto en derecho civil y de  familia, aseguró que la decisión "viola abiertamente la Constitución.

"El artículo 42 establece que el matrimonio sea consensual y debe celebrarse entre hombre y una mujer (...) Si el beneficio de la porción conyugal que establece el Código Civil que es exclusivamente para las personas que viven en matrimonio heterosexual y la Corte dice que debe ser para matrimonios de parejas del mismo sexo es una decisión abiertamente inconstitucional".

Agregó que los efectos colaterales del fallo pueden ser incluso una institucionalización de la bigamia y la poligamia.

"Una persona que está casada puede también simultáneamente tener unión marital de hecho y se les están reconociendo los derechos a las dos uniones. La Corte no deja abierto ningún requisito y entonces puede concurrir tanto  la cónyuge y  la esposa a reclamar su pensión".

Entrevista con Germán Rincón Perfetti

¿Qué implica la decisión de la Corte?
La cuestión es que las uniones maritales no podían heredarse a sí mismas, mientras que los matrimonios sí podían ser herederos mutuos. Entonces la Corte pasó hoy una demanda específica y general para todas las parejas. Y hace que en este momento casi que queden en igualdad de condiciones las parejas que viven en unión libre con las parejas casadas, porque esa era de las poquitas cosas que faltaban.

¿Cuál es la consecuencia de esta decisión?
Yo pienso que la consecuencia es enorme porque más del 50% total de parejas de este país, de toda clase de parejas, viven en unión libre no en matrimonio. La unión libre siempre ha sido de segunda categoría porque tienen menos derechos que el matrimonio pero resulta que es la misma convivencia.

Lo que hizo la Corte Constitucional, hoy, con esto fue hacer que las parejas de unión libre -hombre y mujer, mujer y mujer, cualquier pareja porque eso cobija a todas- en este momento tengan menos distancia o más derechos adquiridos y se acerquen mucho más a todos los derechos que tiene el matrimonio.

Yo diría que en este momento sólo queda una pequeña cosa, de resto todos están casi que en igualdad. Era un tema de justicia social para la mayoría de las parejas en este país que viven en unión libre.

¿Cuál sería el siguiente paso a seguir con respecto a las parejas homosexuales?
Esto que te estoy diciendo es de parejas en general. Con respecto a homosexuales estamos esperando dos cosas, uno que es el fallo de matrimonio, y el otro el de adopción. De eso es de lo que estamos pendientes.

Este fallo era en general, no sólo para parejas del mismo sexo hasta donde yo tengo entendido por la demanda. Esto iguala un poco más el tema para que las parejas que viven en unión marital de hecho no tengan ciudadanías de segunda categoría.

REDACCIÓN JUSTICIA

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