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Cortes

Estado, a responder por salud de soldados en servicio militar

La Corte Constitucional concluyó que los daños físicos o psicológicos que sufren soldados mientras están prestando su servicio militar serán imputados al Estado.

La Corte Constitucional concluyó que los daños físicos o psicológicos que sufren soldados mientras están prestando su servicio militar serán imputados al Estado.

Foto:Alexis Munera / EL TIEMPO

Corte llamó la atención a jueces al pedir que se tenga en cuenta los precedentes de la enfermedad.

El soldado David Argenis Trespalacios se encontraba realizando operaciones antiguerrilla en junio del 2011 cuando sus compañeros le robaron la billetera y el celular, lo que le generó un episodio de angustia y un trastorno de ansiedad que lo llevó a desertar.
A partir de ese momento, Trespalacios tuvo diferentes manifestaciones psicóticas que le impidieron no solo regresar a la vida militar, sino que le generaron una pérdida de su capacidad laboral permanente.
Al estudiar una tutela sobre este caso, la Corte Constitucional concluyó que los daños físicos o psicológicos que sufren soldados mientras están prestando su servicio militar serán imputados al Estado, excepto cuando se demuestre que hubo culpa exclusiva de la víctima, una situación de fuerza mayor o la acción exclusiva de un tercero.
Esto luego de que en primera y en segunda instancia, un juzgado de Cúcuta y el Tribunal Administrativo de Norte de Santander le negaran a Trespalacios el amparo de sus derechos fundamentales a una vida digna y el debido proceso.
La solicitud de reparación e indemnización iniciada por la mamá del soldado fue negada porque, a pesar de que la afectación se dio durante el servicio militar, el daño no se produjo en cumplimiento de sus tareas.
El Ministerio de Defensa y el Ejército insistieron en que lo sucedido no tenía relación directa con el trabajo del soldado y que correspondía a un daño objetivo, algo que jurídicamente no califica como una falla en el servicio del Estado.
Sin embargo, la Corte Constitucional llamó la atención a los jueces involucrados en este proceso tanto por desconocer precedentes como por negar que es obligación del Estado “devolver a los soldados conscriptos sanos y salvos a sus hogares”.
Y agregó que “si bien el servicio militar es una obligación constitucional, debe tenerse en cuenta que debido al desequilibrio de las cargas públicas que genera para quienes lo prestan, en procura del bienestar general, surge para el Estado la obligación de responder por los daños que se generen durante su ejercicio”.
JUSTICIA
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