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Cortes

Debate por pago de indemnización en ley de víctimas

El Estado tendría que seguir pagando cuando los victimarios no respondan.

El Estado tendría que seguir pagando cuando los victimarios no respondan.

Foto:Archivo / EL TIEMPO

Procuraduría solicita que se mantenga un monto limitado para las reparaciones por conflicto armado.

Redacción El Tiempo
En un concepto enviado por la Procuraduría a la Corte Constitucional en el marco del estudio de una demanda contra la ley de víctimas, el Ministerio Público pide que se mantenga el monto limitado para las reparaciones económicas que se les dan a las víctimas del conflicto armado.
Argumenta que es razonable que se imponga cierto límite monetario a las reparaciones a través de la condena subsidiaria, puesto que “se hace imposible para un Estado como el colombiano asumir una indemnización plena”.
El Ministerio Público hace en su documento una solicitud adicional para que en la norma se incluya una precisión: que el pago de las reparaciones subsidiarias no exima al Estado de pagar sus condenas, posibilidad que había quedado contemplada en el decreto 1084 del 2015.
La Procuraduría dice que la reparación subsidiaria –la que hace el Estado cuando los victimarios no pueden pagar la indemnización que les imponen los jueces– es diferente de la indemnización administrativa que debe pagar la nación cuando es encontrada responsable por acción u omisión.
Por esta razón pide que en la ley quede constancia de que “no es posible descontar el monto de la condena subsidiaria de la indemnización que obtenga la víctima a través de la jurisdicción de lo contencioso administrativo”, es decir, que el Estado debe pagar dos indemnizaciones, la suya y la indemnización correspondiente a los victimarios, cuando ellos no puedan pagar.
El concepto dice que permitir que se descuente la indemnización subsidiaria a la reparación administrativa podría hacer que el Estado no se esfuerce por perseguir el patrimonio de los delincuentes porque “no tendría por lo menos un incentivo económico para repetir contra el victimario”.
La Unidad de Víctimas afirmó que en los casos en que el Estado resulta condenado a reparar a las víctimas por acciones u omisiones, este responde por el 100 por ciento de la indemnización tasada en la sentencia y no hace ningún descuento de la reparación subsidiaria, o sea que cumple lo que la Procuraduría está pidiendo se incluya en la ley.
JUSTICIA
Redacción El Tiempo
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