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Cortes

El fallo que le da dientes a lucha contra la ciberagresión en colegios

El acoso vía redes sociales es muy duro, porque los niños víctimas lo sufren todo el día.

El acoso vía redes sociales es muy duro, porque los niños víctimas lo sufren todo el día.

Foto:123RF

Corte Constitucional publicó una sentencia que les da poder a las instituciones para poder actuar.

Ante la capacidad sin precedentes de intercambiar información de manera instantánea a través de internet y en un marco general de normas poco claras en los distintos ámbitos de la sociedad frente a este tema, las autoridades de todo el planeta comienzan a abordar el asunto y tratan de incorporar el imperio de la ley y del sentido común en estos ‘nuevos mundos’. El caso colombiano más reciente es una sentencia de la Corte Constitucional que impacta directamente la capacidad de toma de decisión de los colegios a la hora de presentarse en sus planteles casos de agresión escolar o matoneo por medios virtuales.
Con la sentencia T-240/18, publicada esta semana, el máximo tribunal creó un marco jurídico que dice que no se viola el derecho a la educación cuando un colegio expulsa a un estudiante por la utilización indebida de las redes sociales. En este caso concreto, por agredir, violentar o vulnerar a otros estudiantes. Es decir, manda un mensaje directo a los colegios, porque les permite a las directivas tomar las medidas que sus manuales de convivencia consideren pertinentes frente a casos de cibermatoneo y otras formas de agresión en plataformas virtuales.
Representantes de amplios sectores del sistema educativo aplaudieron la decisión de la Corte y opinaron que esta le da fuerza a la autonomía escolar y contribuye a la posibilidad de un combate más efectivo contra los casos de acoso, de maltrato y de cualquier violencia virtual entre los estudiantes. Pero otros expertos advierten que este tipo de temas se deben analizar caso por caso.

El caso analizado

La sentencia de la Corte Constitucional es el resultado final de un proceso judicial que empezó el 25 de mayo del 2017, cuando el Juzgado Penal para Adolescentes de Bogotá admitió la acción de tutela presentada por la madre de un joven de 15 años que había sido expulsado de un reconocido colegio bilingüe en el norte de Bogotá.
El adolescente salió de la institución el 2 de mayo del 2017, después de que el colegio le abrió una “investigación por mal uso de las redes sociales al difundir fotos de cuatro compañeras suyas desnudas y semidesnudas sin la autorización correspondiente”.
En la tutela que interpusieron, los padres del menor exigían el reintegro con los argumentos de que no había hecho “nada distinto de lo que era común y frecuente entre sus compañeros”; que otros compañeros que se vieron involucrados en la divulgación de las fotos no recibieron el mismo castigo que su hijo y, finalmente, que con la expulsión se estaba vulnerando su derecho a la educación.
En una primera instancia, el juzgado consideró que si bien la conducta del joven es reprochable, la sanción impuesta por el colegio fue desproporcionada y no respetó los principios básicos del debido proceso, además de señalar que se desconoció la edad del menor, la cual viene “acompañada de cambios a nivel hormonal y personal, por lo que se debe brindar acompañamiento para afrontar con mayor responsabilidad la sexualidad”.
Sin embargo, la institución educativa impugnó la decisión. El colegio explicó que luego de sostener reuniones con el estudiante y sus padres, el caso escaló al Consejo de Disciplina, en razón de que el comportamiento indebido involucraba conductas lesivas para la intimidad de otros miembros de la comunidad estudiantil. A lo que se sumó que ni el joven ni sus padres mostraron mayor voluntad de enmendar el hecho, por lo que se tomó la decisión al abordar este punto.
Además, destacó el colegio, las jóvenes afectadas, de entre 14 y 15 años, se sentían doblemente vulneradas. Primero, porque el acto había quedado impune; y segundo, por tener que soportar, todos los días, el ver cómo el autor de la agresión en su contra se podía pasear tranquilamente frente a ellas y el resto de la comunidad escolar por las distintas instalaciones del colegio.
La expulsión del menor, agregó el colegio, es también un mensaje ejemplarizante, para que este tipo de hechos “no sigan ocurriendo ni en esta institución ni en otras”.
Aunque la Corte no definió este caso como matoneo, pues no se comprobó que fuera un acto sistemático y reiterado, sí confirmó que se trata de una agresión escolar y que el menor violó las normas, por lo que el colegio está en la facultad de expulsarlo.

Lecturas del hecho

Diversas organizaciones y actores del sector educativo aseguraron que el fallo es un mensaje claro para que las directivas puedan tomar acciones frente a los reiterados casos de cibermatoneo entre estudiantes, ante los cuales han estado sin un marco legal claro para poder actuar.
Y, en esta cuestión, es importante subrayar que no son pocos los centros educativos que prefieren mirar para otro lado antes que involucrarse en estos temas, que pueden derivar en largos y costosos procesos judiciales. Y, por ello, muchos padres de los menores agredidos solo quedan con la opción de cambiar al niño de colegio.
Marta Yaneth Castillo, presidenta de Colegios Privados, opina: “Nos parece muy acertada la decisión”, y aclara que esta debe ir acompañada siempre de un proceso pedagógico en torno al buen uso de internet. También hizo un llamado de atención a los padres de familia: “Deben asumir el control de las redes sociales de sus hijos. En los colegios lo estamos logrando. Ellos van a estudiar, no a chatear”.
Por su parte, Lina María Saldarriaga, directora de Contenidos e Investigación de RedPaPaz, dice que esta jurisprudencia da pautas para que se regule la convivencia escolar de acuerdo con las coyunturas, como la entrada de internet en los colegios y el uso de celulares, entre otros puntos. Y destaca que se haya tenido en cuenta el impacto que puedan tener acciones como la que cometió el joven. “No es necesario que el acto sea reiterativo porque el daño que puede causar la distribución de una sola foto en redes sociales puede ser muy alto”, precisó.
Con la sentencia, los colegios tienen ahora una herramienta para fortalecer sus manuales de convivencia. “Ahora debemos aprender a usar esta ley que marca un precedente. Sin embargo, también se refuerza la idea de que las familias deben estar involucradas cada vez más en la educación de sus hijos. Es una enseñanza para todos, pues los niños también deben aprender a asumir las consecuencias de sus actos”, señala Saldarriaga.
Pero también hay quienes lanzan alertas. Para Alejandro Álvarez, rector del Instituto Pedagógico Nacional (IPN), en cada caso “hay que mirar la gravedad del asunto y el contexto en que se haya dado. Esta sentencia no puede derivar en leyes que se apliquen a cualquier caso, cada uno es particular”.
Y agrega que en el IPN se parte del principio de que “los estudiantes son niños, están en formación y, por lo tanto, pueden cometer errores. Las fallas se tratan de forma pedagógica, es decir, de los errores se generan aprendizajes. Es claro que hay que ejercer disciplina, pero siempre formativa (...) El espíritu de los manuales de convivencia es el de generar espacios de diálogo, no convertirlos en un código de policía (...) La salida no es solo condenar y excluir”, comentó Álvarez.
Un argumento frente al cual el colegio donde ocurrió el caso mantiene la posición de que la tutela y la posterior orden del juzgado de reintegrar al agresor estaban revictimizando a las niñas víctimas del hecho y eso era un mensaje sencillamente inaceptable, tanto para la institución como para el resto de la comunidad escolar.

Un fenómeno que crece cada día más en los colegios

El matoneo escolar es un fenómeno que ha vivido generación tras generación; sin embargo, cuando se da por medio de redes sociales, por internet, su impacto se multiplica tanto en alcance como en permanencia.
Según el Ministerio de Tecnologías de la Información (Mintic), el ciber-acoso, también conocido como cibermatoneo o ‘cyberbullying’, es un tipo de agresión psicológica en la que se usan teléfonos celulares, internet y juegos en línea para enviar o publicar mensajes, correos, imágenes o videos con el fin de molestar, insultar o denigrar a otra persona. No se hace de frente, por eso, la víctima muchas veces ni siquiera sabe quién puede ser su agresor.
Este tipo de acoso se ha hecho popular entre niños y jóvenes, quienes creen que pueden usar la red y estos dispositivos para molestar anónimamente –y sin consecuencias– a sus compañeros. “Lastimosamente, no se dan cuenta del daño que hacen: la información se envía de manera muy rápida, y borrarla o detenerla es tarea imposible. Sus consecuencias pueden ser muy serias, terminando, como se ha visto en Colombia y en otros países, en el suicidio de la víctima”, asegura la página ‘En TIC confío’, del mismo ministerio, y por medio de la cual se busca educar en un uso adecuado de internet.
Aunque las cifras de estudios comprueban que la mayoría de casos no se presentan por este medio (puede que sea porque es más difícil de detectar y de denunciar), los datos (ver gráfico) en A. Latina son preocupantes.
En el caso colombiano, según un informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde), se reporta que el 7,6 por ciento de los estudiantes han estado expuestos a algún tipo de maltrato por parte de sus pares en el colegio. Pero esta cifra no tiene en cuenta las agresiones que se dan en el mundo virtual.
SIMÓN GRANJA MATÍAS
Redactor Domingo
En Twitter: @simongrma
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