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Cortes

Corte Constitucional inicia estudio de la ley de amnistía

Habrá amnistía a los delitos de rebelión, sedición, asonada, conspiración, seducción, usurpación y retención ilegal de mando y los conexos a estos establecidos taxativamente en este proyecto de ley.

Habrá amnistía a los delitos de rebelión, sedición, asonada, conspiración, seducción, usurpación y retención ilegal de mando y los conexos a estos establecidos taxativamente en este proyecto de ley.

Foto:Eliana Aponte

Con esta ley  291 guerrilleros de las Farc ya han recuperado su libertad. 

Este miércoles la Corte Constitucional iniciará el estudio de la ley de amnistía y del decreto que reglamentó ese beneficio para quienes cumplan los requisitos y se acojan a la Justicia Especial para la Paz (JEP).
Se trata de la ley 1820 del 30 de diciembre del 2016 y del decreto reglamentario 277 del 2017, con los que jueces de ejecución de penas ya han sacado de la cárcel a 291 guerrilleros, de los cuales 179 obtuvieron amnistía de iure, 40 libertades condicionadas y 72 fueron trasladados a zonas veredales.
El estudio de la ley lo hizo el magistrado encargado José Antonio Cepeda, y el del decreto, el magistrado encargado Iván Escrucería Mayolo, quienes les presentaron sus ponencias a la Sala Plena de la Corte Constitucional.
Fuentes aseguran que las ponencias buscarían, en términos generales, que tanto la ley como el decreto se mantengan. Sin embargo, el proyecto de fallo sobre el decreto traería por ejemplo un cambio relacionado con que las víctimas tengan participación en los procesos de libertades condicionales y en la concesión de amnistías. En todo caso, estas propuestas serán analizadas por los 9 magistrados de la Corte Constitucional quienes votarán cuál será el futuro de estas dos normas. 
En un concepto enviado a la Corte Constitucional, el Movimiento de Víctimas le pidió a la Corte que busque en en la ley de amnistía se cumpla "con los estándares nacionales e internacionales de participación de las victimas que les permita una la intervención activa en los procedimientos de la JEP sin ningún tipo de exclusión injustificada". También piden tumbar varias normas que benefician a agentes del Estado. 
La Procuraduría, por su parte, le pidió a la Corte que condicione ocho artículos de la ley de amnistía para que haga varias precisiones. Por ejemplo, le pide que determine que expresamente que las amnistías no implican la imposibilidad de usar recursos para controvertir esos beneficios como las tutelas  o recursos ordinarios.
El Ministerio Público también argumentó que se debería establecer que los graves atentados cometidos contra derechos humanos no pueden ser concebidos delitos políticos, y que los guerrilleros que sean enviados a las zonas veredales no queden en libertad cuando entre en funcionamiento la JEP si son máximos responsables de delitos contra los derechos humanos. 
La Corte hace la revisión de estas normas porque el Acto Legislativo para la Paz estimó que el alto tribunal tendría la responsabilidad de hacer un control posterior, automático y único de todas las leyes y decretos con fuerza de ley que sean expedidos. 
JUSTICIA
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