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Consejo de Estado quiere que Congreso pague impuesto que fue tumbado

Director de la Dian dijo que buscará caminos jurídicos para impugnar fallo que castiga al Congreso.

Un fallo del Consejo de Estado de hace dos semanas tiene corriendo a la Dian y al Congreso y amenaza con abrir un nuevo capítulo del famoso ‘choque de trenes’ entre las altas cortes.
Con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, la Sección Tercera del Consejo de Estado le ordena a la Nación devolverle a la empresa Goodyear 1.500 millones de pesos correspondientes a un impuesto del año 2000 que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.
El fallo es polémico porque ordena al Congreso responder por esa plata y porque, además, va más allá de lo que decidió la Corte Constitucional, que en su momento no ordenó la devolución de lo recaudado sino que simplemente dejara de cobrarse.
Hasta ahora, el Consejo de Estado había negado once demandas similares. La decidida por el magistrado Gil Botero sienta un precedente que pone a la Nación en riesgo de tener que reembolsar decenas de miles de millones de pesos, pues en curso hay otros 27 procesos por el mismo asunto.
La decisión de la Sección Tercera señala que sería impresentable que “se protegieran las situaciones jurídicas consolidadas con anterioridad a la declaratoria de inexequibilidad, pero no a quien sufre un perjuicio derivado de un daño producido por los efectos de la misma”.
Se trata de la Ley que creó la Tasa Especial por Servicios Aduaneros (TESA), una obligación que debían cancelar las empresas al momento de hacer importaciones. El impuesto fue demandado ante la Corte Constitucional y declarado inexequible en septiembre del 2001, pero alcanzó a estar vigente entre el 29 de diciembre del 2000 y el 25 de octubre del 2001.
Pero, como en otros casos, la sentencia señaló que la norma se presumía legal durante el tiempo que se mantuvo vigente y que el fallo no tendría efectos retroactivos.
El director de la Dian, Juan Ricardo Ortega, le dijo a EL TIEMPO que la decisión es “desafortunada” y que se tomarán todos los caminos jurídicos posibles para impugnarla. Esa baraja de opciones incluye hasta una tutela en la misma Corte Constitucional.
“Se va a hacer lo humanamente posible para que se corrija. Las consecuencias pueden ser nefastas porque se paralizaría cualquier reforma de nuestro sistema tributario, el cual, como es sabido, es malo”, dijo Ortega.
En el Congreso también hay preocupación. No solo porque sus miembros tengan que sacar de su bolsillo para cubrir la devolución, sino porque se le abre un boquete al blindaje jurídico que tiene el voto de los congresistas. Incluso se habla de una eventual parálisis legislativa por el temor a los efectos de una acción de repetición que llevaría a los congresistas a pagar por leyes que luego sean inexequibles.
En una decisión de finales del año pasado, el magistrado Jaime Orlando Santofimio negó una pretensión contra el mismo impuesto TESA, interpuesta por Avantel S.A, por $ 205 millones, que fue lo que pagó esta empresa, mientras estuvo vigente el mencionado impuesto.
En esa ocasión se concluyó que el juez contencioso no puede modular las decisiones de la Constitucional y que no hubo actuación temeraria.
Tres argumentos de la decisión
1. “Fue el legislador como creador de la norma el que dio origen a ese recaudo y por ende solo a él le es imputable el daño antijurídico sufrido por la compañía actora”.
2. “En el daño antijurídico lo procedente es que el juez adopte todas las medidas tendientes a la reparación integral –esto es, volver las cosas al estado anterior a la ocurrencia del daño”.
3. “El legislador, al expedir una norma que es declarada inexequible, muestra su falta de sometimiento a la Constitución”.
REDACCIÓN JUSTICIA
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