Diciembre 21 de 2007
Hogares gay también quieren proteger sus viviendas
Ya son de 52 las parejas homosexuales que han decidido resguardar su patrimonio y hacer inembargables sus hogares.
Cada vez son más las personas gay quienes, mediante la figura de afectación a vivienda familiar, impiden que sus inmuebles sean embargados por cualquier motivo diferente a la mora en los créditos hipotecarios.
"Gracias a una sentencia de la Corte Constitucional donde se aclara que el régimen patrimonial también se aplica a las parejas homosexuales, durante este semestre se ha presentado un auge en las peticiones para proteger el bien donde residen estas familias", explica Norberto Salamanca, notario 76 de Bogotá.
La ventaja es que, de paso, aclaran la situación económica de sus parejas y familiares al momento de su muerte o en caso de separación. Uno de los fenómenos que más lamentan quienes han convivido por muchos años con su compañero es que, al morir, todo lo construido conjuntamente resulta en manos de la familia que, incluso, los rechazó por su condición de homosexuales.
"Se expone el ejemplo de un hombre que compartió su vida por 27 años con otra persona del mismo sexo y, con el trabajo mutuo, adquirieron bienes por unos 800 millones de pesos pero -terminada la relación- su pareja (quien tenía los bienes a su nombre) se quedó con todas las pertenencias y lo dejó sin nada", dice un aparte de la Sentencia C-075 de 2007.
"En el mismo sentido, se citan dos casos más en los cuales las personas homosexuales quedan desamparadas y sin derecho alguno a poder reclamar parte del patrimonio construido con su pareja, aun en casos en los que han convivido varios años y se dedican a cuidar de su compañero mientras éste se encuentra en estado de convalecencia por enfermedades terminales", cita la Sentencia.
Por eso, el primer paso para hacer el proceso legal es declarar que son pareja mediante la declaración de su unión marital de hecho mediante una escritura pública de régimen patrimonial entre pareja homosexual.
"Allí mismo, como si se estuviera formando una sociedad comercial, se describen los bienes que cada uno aporta y su valor para conformar el patrimonio. Luego de declararse como una pareja propiamente dicha sí se hace la afectación a vivienda familiar evitando cualquier embargo", explica Salamanca.
Vale aclarar que para que este 'trato' sea válido ninguna de las partes puede tener matrimonios con otras personas por ningún rito ni otras uniones maritales de hecho vigentes al momento de la firma de las escrituras.
De hecho, en la escritura se puede acordar cómo repartir los bienes al momento de la muerte; algunos le dejan la mitad al compañero y la mitad a sus padres o hermanos (como es de ley entre una pareja heterosexual), otros hacen asignaciones puntuales que incluyen las rentas y valorizaciones de los bienes o hacen capitulaciones.
Sin embargo, -como en cualquier otra sociedad- esta se puede finalizar cuando la relación termine. En ese momento sería necesario liquidar y disolver la parte patrimonial del acuerdo entre la pareja.
También es importante resaltar que, como son actos sin cuantía, el costo de afectar a familia es de 36.640 pesos más los impuestos y las copias del caso pero que sólo se puede aplicar sobre un bien. El único valor que se cobra está sobre la base de lo que vale el patrimonio conformado, que se liquida con el 2,7 por mil.
"Este fenómeno se lleva a cabo por personas de alto perfil y muy sobrias que prefieren mantener sus asuntos con bajo perfil pero de forma ordenada, por eso piden una pequeña ceremonia muy privada.
"También tienen un alto poder adquisitivo, empleos o empresas muy estables y acuden a la figura como una muestra de que definitivamente quieren mantener una relación sólida entre sí porque consideran que ya han encontrado la persona para compartir su vida y sus bienes. También es común ver que las parejas tienen diferencias de edad de al menos 10 ó 15 años", concluye Salamanca.
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