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Conozca si le harán retención en la fuente en 2016

Ajustes tributarios se harían a partir de una UVT preliminar de $ 29.752. Empiece a hacer cuentas.

EL TIEMPO
La retención en la fuente que le harán mensualmente a los trabajadores en el año gravable 2016 será a partir de sueldos superiores a 4’216,282 pesos. El dato surge del cálculo preliminar de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que estará alrededor de los 29.752 pesos.
La UVT es el punto de partida para todos los pagos en materia de impuestos. Antes de terminar el año, la Dian expedirá una resolución en la que establece el monto oficial; mientras tanto el valor aproximado que año a año realiza EL TIEMPO le permitirá ir haciendo sus cuentas.
El dato es importante sobre todo para 2016, que según algunos analistas, será un año más crítico que el presente, caracterizado por la desaceleración económica.
El ajuste de la UVT, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario, se establece con base en la inflación para ingresos medios de los últimos 12 meses acumulados hasta el primero de octubre de cada año. Este dato, según el Dane, fue de 5,21 por ciento.
La retefuente se la descuentan a los trabajadores a partir de una base gravable que sale de restarles a los ingresos mensuales mencionados ($ 4,2 millones) el pago obligatorio de pensiones (4 por ciento), al igual que el aporte a la salud (4 por ciento) más el punto que cada trabajador aporta a la solidaridad para financiar la seguridad social de los que necesitan subsidios.
Así, la base gravable sobre la cual se empezará a ser sujeto de la retefuente será de 3’836.817 pesos en el 2016, equivalentes a 128,96 UVT, cifra desde donde arranca la tabla de retenciones. De ahí en adelante, cada colombiano puede hacer su propio cálculo y estimar de cuánto tendrá que disponer para aportar este pago mensual, que finalmente se lo tendrán en cuenta cuando presente la declaración de renta.
En ocasiones, a muchos empleados que tienen un salario mensual inferior al establecido en la tabla oficial les terminan descontando retención en la fuente. Esto sucede porque el estatuto contempla unos procedimientos adicionales que se toman en cuenta para gravar todo lo que se llame ingreso durante el año: horas extras, auxilios, primas y demás pagos ordinarios recibidos por el trabajador.
Sanción mínima
El pago mínimo que debe hacer un contribuyente a la Dian, en caso de una sanción, es de 10 UVT. Así, para el 2016 esta será de 290.752 pesos, lo que implica un aumento del 3,6 por ciento, frente a los 280.279 pesos que cuesta hoy. Otro ejemplo de sanción en materia de impuestos es la aplicada por suministrar datos incompletos o equivocados al inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT), la cual equivale a 100 UVT, es decir, en el 2016 será de 2’975.200 pesos.
Otra medida en la que tiene cabida la UVT es en el impuesto a la riqueza, de cuya base gravable el contribuyente podrá excluir 12.200 UVT de la casa o apartamento de habitación. Esto implica que, si la casa en la que vive cuesta 1.000 millones de pesos, 362 millones estarán excluidos de la base gravable para aportar ese tributo.
La UVT en las deducciones
La UVT también aplica para calcular las rebajas que podrá obtener a la hora de pagar impuestos. En el caso de la retención en la fuente, recuerde que puede bajar su base gravable con los pagos por salud. Aquí entra a jugar la UVT, pues esta deducción aplica si el valor por disminuir no supera las 16 UVT mensuales ($ 476.032). Si declara renta por el sistema tradicional, podrá usar el ahorro hecho en las cuentas AFC como rentas exentas. La medida solo aplicará para ahorros que no excedan el 30 por ciento del ingreso laboral del año, hasta un máximo de 3.800 UVT por año ($113.057.600).
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