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Superfinanciera alerta por falsa derogatoria del Soat

Ante versiones sobre su erradicación, autoridades reiteran obligación de la póliza.

El Gobierno, a través de la Superintendencia Financiera, alertó a la ciudadanía para que no crea una posible “erradicación” de la exigencia del Seguro Obligatorio Daños Corporales causados a las Personas en Accidentes de Tránsito vigente (Soat), la cual supuestamente entraría a regir a partir de la última semana de febrero.
El organismo de control y vigilancia indicó que las normas al respecto siguen vigentes y son de obligatorio cumplimiento para todos los vehículos automotores que circulan por el territorio nacional.
Y agregó que no portar el Soat le acarrea al infractor una multa de 30 salarios mínimos legales diarios (un salario mínimo mensual, equivalente a 737.717 pesos) y la inmovilización del vehículo, según el Código Nacional de Tránsito.
La Superfinanciera, al reiterar esta obligación, recordó que incluso, desde el año pasado, en la Resolución 0004170 del 5 de octubre de 2016 el Ministerio de Transporte implementó, entre otros, el ingreso de los datos de la póliza del Soat en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), así como la expedición de la póliza del Soat de manera física o electrónica.
Esta resolución estableció un período de transición de un año a partir de su entrada en vigencia para que las entidades aseguradoras y el Runt implementen las medidas por ella adoptadas.
Además, para los trámites con el automotor, las autoridades de tránsito de carácter departamental, distrital y municipal exigirán el Soat para efectos de expedición de placas de circulación del vehículo, su traspaso y cualquier otra gestión relacionada con éste.
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