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A qué tienen derecho los pasajeros en caso de problemas en su vuelo

Si se confirman las presuntas infracciones imputadas a Viva Colombia, la aerolínea tendrá que pagar 45 salarios mínimos legales mensuales vigentes (más de 33 millones de pesos).

Si se confirman las presuntas infracciones imputadas a Viva Colombia, la aerolínea tendrá que pagar 45 salarios mínimos legales mensuales vigentes (más de 33 millones de pesos).

Foto:Archivo particular

Investigación a Viva Colombia por cancelación de trayecto abre el debate de nuevo.

La investigación que acaba de iniciarse contra la aerolínea Viva Colombia, por la cancelación de un vuelo en la ruta Bogotá – Barranquilla el pasado 18 de mayo y que según la Aeronáutica Civil aparte del incumplimiento se incurrió en un trato indigno y la no compensación establecida a los pasajeros en estos casos, vuelve a plantear los derechos que tienen los viajeros.
Según el reglamento de la Aerocivil, los pasajeros tienen derecho a las siguientes compensaciones cuando se presenten demoras en el vuelo:
Cuando esta sea mayor a dos horas e inferior a cuatro, se suministrará al pasajero un refrigerio y una comunicación telefónica –que no exceda los tres minutos– o por el medio más ágil disponible al lugar de destino, o al de origen en caso de conexiones, a requerimiento del pasajero.
Cuando la demora sea superior a cuatro horas e inferior a seis, además de lo anterior, se deberá proporcionar al pasajero alimentos (desayuno, almuerzo o comida, según la hora).
Cuando la demora sea superior a seis horas, el transportador deberá compensar al pasajero con el 25 por ciento del valor de trayecto afectado.
Si la demora sobrepasa las 10:00 de la noche (hora local), la aerolínea deberá proporcionarle, además, hospedaje (si no se encuentra en su domicilio) y gastos de traslado, a menos de que el pasajero acepte voluntariamente prolongar la espera cuando sea previsible que el vuelo se va a efectuar dentro de un plazo razonable.
Si hay un cambio de vuelo, horario o en general cualquier aspecto que afecte la reserva acordada, la aerolínea o la agencia de viajes por cuyo conducto se haya efectuado la reserva, deberá informarle este hecho al pasajero a más tardar cuatro horas antes de que se produzca el vuelo.
Si la aerolínea decide cancelar el vuelo, teniendo el pasajero reserva confirmada, sin que se hubiese reintegrado el precio del pasaje, se le pagarán gastos de hospedaje y transporte.
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