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Fiscalía deberá pagar 7.300 millones por capturas masivas en Quinchía

Las capturas masivas generaron marchas de familiares y personas de Quinchía

Las capturas masivas generaron marchas de familiares y personas de Quinchía

Foto:Archivo EL TIEMPO

El Consejo de Estado sentenció al ente investigador a indemnizar a las familias de 29 personas.

Juan David López
Un total de 7.300 millones de pesos deberá pagar la Fiscalía General de la Nación por la privación injusta de la libertad de 29 personas que fueron detenidas en Quinchía (Risaralda) por supuestos nexos con la subversión que nunca pudieron ser probados.
Así lo decidió este martes, el Consejo de Estado al tomar una decisión acerca de este emblemático caso ocurrido hace 13 años, que hizo parte de los tristemente célebres 'falsos positivos'.
En septiembre del 2003 se desarrolló la ‘Operación Libertad’, que dejó como resultado la captura y posterior imposición de medida de aseguramiento de estas personas, que meses después terminaron siendo acusadas de rebelión, terrorismo, concierto para delinquir y algunas de ellas de secuestro extorsivo.
Al hacer un recuento de los hechos el Consejo de Estado recordó que en julio del 2005 un fiscal Delegado ante el Tribunal Superior de Risaralda revocó la medida de aseguramiento y precluyó la investigación por falta de elementos materiales probatorios que sustentaran la tesis de la parte acusadora en torno a los supuestos nexos de estas personas con grupos guerrilleros.
Los entonces investigados interpusieron una acción de reparación directa a la que parcialmente accedió el Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda en el 2011.
Esa corporación concluyó que la actuación de la Fiscalía fue desproporcionada, pues emitió una serie de decisiones que privaron a los demandantes de su libertad, con base en testimonios no contrastados de exmilitantes de la guerrilla del EPL.
Tras la apelación al fallo de reparación directa, el Consejo de Estado ratificó la responsabilidad del ente investigador. A su juicio, la demandada no probó que los acusados hubieran cometido los delitos por los cuales los acusó y no acreditó que su presunto aporte a la subversión no fuera producto de la coacción a la que podría haber estado sometida gran parte de la población de Quinchía en la época de los hechos.
Para la corporación, testimonios de oídas en torno a la supuesta colaboración de los investigados con la insurgencia no eran suficientes para probar su accionar delictivo, pues “el accionar de la fuerza insurreccional y los rumores que se propagaban sigilosamente, sustituían a las fuerzas del orden”.
PEREIRA
Juan David López
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