A partir de hoy rige el Decreto No. 0345 del 27 de junio del 2008, firmado por el alcalde, Jorge Iván Ospina, que controla la circulación de motociclistas en Cali
Queda prohibida la circulación de parrilleros, hombres o mujeres, menor de 10 años de edad. Tampoco se permitirá que los motociclistas lleven como barrilleros a hombres mayores de 12 años.
No podrán circular motos sin placas, con placas ilegibles, removibles, o no visibles.
Todos los conductores, incluidos los miembros de la Fuerza Pública, deberán usar el casco reglamentario y el chaleco ordenado por el Código Nacional de Tránsito que contenga en parte visible y reflectiva el número de la placa de la moto que conduce.
Se prohíbe el tránsito de motocicletas entre la 1:00 y las 5:00 de la mañana los jueves, viernes, sábado y domingo.
La Administración Municipal junto con Metrocali, el Fondo de Prevención Vial, los concesionarios y las asociaciones de motocicletas trabajan en el diseño de una motorruta o corredores viales exclusivos para estos vehículos. Lo que se busca es que puedan utilizar el corredor vial del MIO.
"Estas medidas vienen acompañadas de una permanente asistencia en la vía pública a través de la secretarías de Tránsito y Gobierno, las cuales adelantarán campañas que permitan que conductores de otros vehículos no sigan agrediendo al motociclista y podamos recuperar unas vías seguras en Cali", dijo Ospina.
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