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Reconocimiento pleno de la Corte Constitucional a las parejas de un mismo sexo

El alto tribunal ordenó modificaciones a 42 normas que van, desde los códigos Penal, Civil y Disciplinario hasta el régimen especial de Salud de las Fuerzas Militares.

Los magistrados acogieron una ponencia presentada por su colega Rodrigo Escobar Gil.

Ellos consideraron que las disposiciones demandadas no se justificaban por la discriminación que establecía, o que las diferencias frente a las parejas de un mismo sexo ponían a estas personas en una situación de desprotección frente a la ley.

Y en ambos casos, consideró la Constitucional, se violaba el derecho a la igualdad.

Ahora, en disposiciones como la contenida en los códigos Penal y Disciplinario, que establece la garantía de la no incriminación al cónyuge se debe aplicar también a las parejas heterosexuales.

Otro caso es el de los delitos de violencia intrafamiliar, las víctimas pueden ser de parejas del mismo sexo o las agravaciones que impone la ley a los delitos que se cometen contra el conyuge.

Incluye casos de reparación en leyes sobre víctimas de delitos atroces.

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