El actual embajador en la OEA deberá reponder por desatender órdenes de la Corte Constitucional.
De acuerdo con el Minsterio Público, Hoyos Arisatizábal pudo haber incurrido en "incumplimiento de sus deberes" al desatender una orden del alto tribunal en el tema de la atención de la población desplazada.
La decisión fue adoptada por la Procuradora Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, Alba Cristina Grueso Sánchez.
La procuraduría investigará si hubo omisión por parte del entonces Director de la Agencia Presidencial, "en cuanto a la presentación de información unificada y consistente que permitiera la evaluación de cumplimiento por parte de la Procuraduría y de la Corte Constitucional".
"La falta se considera como grave por la jerarquía del disciplinado, las circunstancias del hecho que suponen la afectación de los derechos de la población desplazada y el grado de culpabilidad que se califica provisionalmente a título de dolo, en la medida en que el servidor conocía sus deberes funcionales, siendo requerido por el Órgano de Control para que adecuara su conducta a las exigencias de los deberes afectados ", dice la Procuraduría en la decisión contra Hoyos.
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