Foto: EL TIEMPO
La facultad discrecional ha sido un instrumento para luchar contra la corrupción en la Fuerza Pública.
De ahora en adelante, todas las decisiones de retiro discrecional que afecten a estos miembros de la Fuerza Pública deberán ser justificadas. La medida también aplica para el DAS y el Inpec.
La Corte Constitucional así lo decidió al fallar una acción de tutela entablada por Rafael Gustavo Romero Gloria, un soldado profesional que fue retirado sin causa aparente después de nueve años en la Infantería de Marina.
En círculos militares y de la Policía hay preocupación porque la facultad discrecional ha sido usada en muchos casos para separar inmediatamente de las filas a elementos sobre los que existen sospechas de irregularidades, sin necesidad de que exista previamente un proceso penal o disciplinario.
La facultad discrecional fue la herramienta que les permitió a la Policía y al Ejército enfrentar la infiltración del narcotráfico, mediante sucesivas 'purgas', en las que fueron retirados oficiales que se creía eran corruptos.
Según estadísticas del Ejército, entre el 2004 y el 2006 fueron retirados por facultad discrecional unos 150 oficiales y cerca de 200 suboficiales. En el caso de los soldados profesionales, tan solo en el 2004 se aplicó en más de 300 casos.
El temor es que si hay que motivar los retiros y las supuestas razones no se demuestran después en los procesos, el Estado se expondría a demandas y reintegros forzados. La figura también ha recibido críticas de sectores que señalan que en algunos casos las fuerzas se conforman con separar a los uniformados pero no promueven las investigaciones penales y disciplinarias correspondientes.
La Corte Constitucional consideró que la facultad discrecional es una figura legal y ajustada a la Carta Política, pero que eso no implica que se pueda manejar de manera "inconsulta o arbitraria" porque nadie en el Estado colombiano tiene "poderes ilimitados".
Agrega que es necesario motivar las razones del retiro o de lo contrario se les estaría violando a los afectados el derecho al debido proceso y se vería afectada su oportunidad de defenderse.
Así, la Corte deja en claro que no basta con una comunicación (Orden Administrativa de Personal) para avisarle a un uniformado que se decidió el fin de su carrera.
Romero Gloria, el soldado que originó este pronunciamiento de la Corte, presentó documentos que demuestran que recibió felicitaciones y conceptos positivos de sus comandantes incluso un mes antes de que lo retiraran.
El militar interpuso una tutela para que le explicaran por qué entonces lo despidieron, a lo que el Ministerio de Defensa se negó con el argumento de que el uso de la facultad discrecional no obligaba a motivar el acto administrativo.
Además, agregó que para el caso de un soldado profesional no es necesario el previo concepto de la Junta de Calificación o Evaluación, mecanismo que sí aplica para oficiales y suboficiales.
Ahora, por mandato de la Corte, deberán dar explicaciones a todos aquellos que sean retirados.
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