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Se cayó consulta popular en Gachantivá

Era la primera iniciativa en Boyacá que buscaba restringir actividad minera.

El primer municipio de Boyacá que se le midió a utilizar un mecanismo de participación ciudadana para frenar proyectos mineros y sus efectos ambientales, fracasó en el intento.
La iniciativa había sido planteada por el Alcalde de Gachantivá que ‘echó mano’ de una reciente sentencia de la Corte Constitucional que tumbó el artículo 37 de la Ley 685 del 2001 del Código Minero, en el que establecía que ni alcaldes ni concejos podían crear en sus municipios, zonas que quedaran permanentemente excluidas de la minería.
“Así que la Corte dio vía libre para que los municipios pudiesen tener autonomía territorial y dijo que podían entrar a regular los usos de suelo y subsuelo de su territorio”, dijo el magistrado Luis E. Arciniegas.
Eso significa que las administraciones ahora pueden recurrir a consultas populares y reformas de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) para restringir la actividad minera que antes era solo facultad de los entes nacionales.
Y precisamente eso fue lo que hizo el Alcalde de Gachantivá Jorge Edicson Saavedra quien retomó la propuesta de su antecesor y decidió convocar a una consulta popular. Para ello formuló una pregunta que debían responder los pobladores solo con un ‘SÍ’ o un ‘NO’ (Ver recuadro).
“Pretendemos que sean los mismos habitantes de Gachantivá los que nos digan a través de la consulta si quieren o no que en el municipio se lleven acabo trabajos de exploración y explotación minera”, mencionó el Alcalde Saavedra.
Aunque hoy todavía no hay ni una sola empresa que haya iniciado explotación de minerales en Gachantivá, sí hay varias que adelantan el proceso de exploración, razón por la que, de aprobarse la iniciativa, habría restricciones para quienes llegaran a explotar los recursos naturales.
Por eso la iniciativa se remitió ante el Concejo municipal en donde fue avalada y posteriormente enviada al Tribunal Administrativo de Boyacá para determinar si se ajustaba o no a la ley.
“Pero encontramos que el texto de la pregunta se oponía a la Constitución”, dijo el Magistrado.
Allí determinaron que, aunque el municipio tenía la posibilidad de someter a consulta popular este tema, la administración municipal se había extralimitado en sus competencias pues no estaba facultada para plantear todo lo que se incluyó en la pregunta.
“Decía que si estaba de acuerdo o no con el uso de aguas superficiales y subterráneas para realizar dichas actividades mineras, y con el transporte de estos materiales, pero al tratar de inmiscuirse en este tema ya se excedía en la competencia que tienen los municipios”, explicaron en el Tribunal.
Adicionalmente encontraron que la pregunta que pretendían someter a consulta popular carecía de claridad, razón por la que se declaró inconstitucional y por la que el mecanismo no podrá llevarse a cabo.
La decisión es en única instancia y no podrá ser apelada ante el Consejo de Estado, sin embargo, la administración si podría rehacer la pregunta y volver a surtir todo el trámite hasta lograr que se apruebe.
En otras partes del país
Mientras se surtía el trámite, más de 35 solicitudes de personas y empresas llegaron al Tribunal pidiendo declarar inconstitucional esa consulta popular, pues aseguraban que al restringir la actividad minera, muchos de ellos se verían afectados.
El Alcalde de Gachantivá, por su parte, aseguró que en el municipio no se oponen a que se desarrolle la empresa, pero temen que la riqueza natural se vea amenazada.
“Estructuramos nuestro plan de desarrollo para los cuatro años sobre el agroecoturismo y la minería se constituiría en una amenaza para el municipio”, dijo el alcalde Jorge Edicson Saavedra.
Aunque en esta ocasión Gachantivá no podrá realizar la consulta popular, la iniciativa sí ha sido adelantada ante varios concejos municipales del país, y en el caso de Ibagué, por ejemplo, el Tribunal Administrativo del Tolima avaló la consulta popular que se realizará en los próximos días.
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