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DIOMEDES SÍ QUERÍA HACERLE DAÑO A DORIS ADRIANA : FISCALÍA

Diomedes Díaz sí quería hacerle daño a su amiga Doris Adriana, aunque su intención no era matarla. Por eso, deberá regresar a la cárcel y enfrentar una condena de hasta 25 años de prisión.

Un fiscal concluyó que el cantante, siendo consumidor de droga, sabía los efectos nocivos y los riesgos que implicaba ingerir altas dosis de cocaína. De esa manera le causó a su amiga lesiones personales.
Por eso, la Fiscalía General de la Nación decidió ayer que el cantante vallenato tendrá que responder en juicio por la muerte de Doris Adriana bajo el cargo de homicidio preterintencional y no de homicidio culposo, tal como lo había decidido un fiscal hace dos meses y que le permitió al artista obtener la libertad condicional.
Es decir, hasta ayer, El Cacique de la Junta estaba abocado a pagar entre dos y seis años de prisión, pero con la nueva decisión de la Fiscalía enfrenta una condena que oscila entre los 10 y los 25 años, tal como lo contempla el Código Penal para el delito de homicidio preterintencional.
La decisión de la Fiscalía me cogió por sorpresa, pero demostraré su inocencia , dijo Evelio Daza, defensor de Diomedes. Por fin brilló la justicia , afirmó el abogado de la familia Niño. En el fondo, Diomedes sabe que asesinaron a mi hermana , sostuvo Rodrigo Niño, hermano de Doris Adriana (ver recuadros).
Para que quede claro en qué consiste el delito de homicidio preterintencional coloco el siguiente ejemplo , dijo el vicefiscal Jaime Córdova Triviño.
Es el caso agregó cuando alguien le echa escopolamina a otra persona para robarla, pero la víctima se le muere. Eso significa que quería causarle un daño, pero no la muerte .
Sabía lo que hacía
Uno de los principales argumentos que tuvo el fiscal para modificar el delito y revocar la libertad condicional fue el hecho de que Diomedes Díaz, al ser consumidor de drogas, sabía los efectos nocivos y los riesgos que implicaba ingerir altas dosis.
(...) la conducta inicial de Diomedes Díaz consiste en hacer consumir a la víctima en grandes dosis, no es un a acción susceptible de tipificar solamente como suministro de estupefacientes, sino también como lesiones personales. Y la prueba allegada al sumario indica que de esa perturbación psíquica consecuente a la ingestión de cocaína era consciente en sindicado, puesto que figura como consumidor de la misma , se lee en uno de los apartes del fallo conocido en su integridad por EL TIEMPO.
En otro aparte agrega: (...) Diomedes Díaz en su entendimiento realizaba consciente y voluntariamente una acción que, además de divertirlo, debía conducir ordinariamente a unas lesiones personales (por perturbación psíquica de la víctima), sin embargo, el resultado excedió ese propósito al producirse la muerte de Doris Adriana Niño, precisamente, por la ingestión del estupefaciente .
Con la decisión de la Fiscalía, Diomedes Díaz deberá enfrentar otras dos investigaciones que ya están avanzando. Una por tenencia ilegal de estupefacientes y otra por fraude procesal y falsedad en documento.
Estos delitos tienen que ver, según la Fiscalía, con la cantidad exagerada de droga que Diomedes le suministró a Doris Adriana Niño la noche del 14 de mayo de 1997, en su apartamento, y que se convirtió en sobredosis.
El cantante también deberá responder penalmente por la adulteración de las placas de un carro. El escolta de Diomedes, Oswaldo Alvarez, que arrojó el cadáver de la joven en un frío paraje a las afueras de Tunja, quiso ocultar el hecho y en Bucaramanga adulteró las fechas del ingreso de su automóvil en un taller de mantenimiento para que las autoridades pensaran que el vehículo permaneció allí el día de la muerte de la joven.
La situación judicial para el resto de personas que participaron aquella noche en la reunión que terminó en tragedia, no cambió. Es decir, afrontarán cargos ante un juez como coautores del delito de encubrimiento.
Ellos son: Luz Consuelo Martínez Salazar, amiga del artista que en aquella época se encontraba embarazada y que esa noche habría protagonizado un altercado con Doris Adriana.
Los escoltas Héctor Mauricio Botía, Oswaldo Alvarez Rueda, Fabián Antonio Vivas Valencia y Jorge Molina Sánchez, lo mismo que el asistente del cantante, Alex Ramírez Herrera, y José Tobías Lozano Reyes, celador del edificio donde está el apartamento que se hallaba asignado al cantante.
Por ahora, Diomedes Díaz no irá a prisión. Medica Legal valorará el actual estado de salud del cantante, que en palabras de su abogado y su médico, se encuentra cuadraplégico. Según el dictamen, la Fiscalía decidirá si le concede la detención domiciliaria mientras se recupera.
Demostraré su inocencia , Evelio Daza
Ayer, el primer sorprendido con la decisión de la Fiscalía fue su abogado Evelio Daza. Eran las 11:30 de la mañana y el jurista se encontraba en la secretaría de la Fiscalía notificándose de la decisión.
Es la tercera vez que la Fiscalía cambia la denominación del hecho que se le atribuye a Diomedes. Allí no hay situación de hecho distinta a la de precluir la investigación. Tenemos que someterlo a procedimiento judicial y estoy convencido de poseer argumentos suficientes para invocar la defensa de Diomedes y demostrar su inocencia , precisó Daza.
El jurista explicó que el homicidio preterintencional, según la Fiscalía, significa que Diomedes, no obstante no tener la intención de ocasionar la muerte a Doris Adriana, sí tuvo la intención, según el fiscal, de lesionarla en su integridad personal.
Daza aclaró que el estado de salud del cantante no es el mejor, que parece un niño de 4 años, y que por lo tanto no está en capacidad de ir a una prisión.
Este hecho fue corroborado por el doctor Ronny López Pérez, jefe del grupo de especialistas que tratan al cantante.
Cualquier persona puede ir donde Diomedes y constatar el estado de él. Apenas están despertando sus músculos. Sus movimientos aun son muy limitados. El no logra sentarse solo. En la misma cama tiene que moverse auxiliado por dos personas.
El diariamente recibe dos terapias físicas y respiratorias , dijo el especialista.
Brilló la justicia
Por fin brilló la justicia en este país . Con esta frase recibió el fallo de la Fiscalía, el abogado Edgar Niño, defensor de la familia de Doris Adriana.
Espero que no sea solamente en este caso sino en muchos otros que duermen los sueños de los justos y la opinión pública no los conoce pero reclaman una lucha frontal contra la impunidad .
El abogado Niño dijo que el homicidio preterintencional significa que de todas maneras la conducta fue presidida de dolo enderezado a ocasionarle una lesión corporal a Doris Adriana y entonces el resultado rebasó la intención de Diomedes Díaz y ocasionó la muerte .
Por su parte Rodrigo Niño, hermano de Doris Adriana dijo que él no se alegra de desgracia personal de nadie, pero una persona que comete un delito debe cumplir ante Dios, ante la justicia y la sociedad. El sabe en el fondo que asesinaron a mi hermana. Nosotros estábamos esperando esto. Esto significa que el nuevo fiscal ha tenido en cuenta las pruebas que habíamos aportado y que el anterior fiscal las había omitido.
La calificación que le dieron anteriormente al proceso fue acomodada, omitieron todas las pruebas porque en el cuerpo de mí hermana aparecían todos los signos de violencia, signos de una asfixia mecánica .
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