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CONVIVIR O NO CONVIVIR

Ayer, el fiscal General, Alfonso Gómez, sacó a flote un argumento que ni defensores ni contradictores de las Cooperativas Comunitarias de Vigilancia Rural (Convivir) habían considerado: ya existe una prohibición por fallo de la Corte Suprema para que los civiles se armen en la lucha contra la subversión.

En la administración de Virgilio Barco, el entonces ministro de Gobierno, César Gaviria, sorprendió al país revelando la existencia de 140 grupos paramilitares que aceleraban la espiral de violencia en el país.
Estos grupos, llamados de autodefensa, nacieron con apoyo en la Ley 48 de 1968 que recogió un decreto de estado de sitio dictado por el presidente Guillermo León Valencia en 1965, en el cual organizó la Defensa Nacional. Allí se permitía utilizar hombres y mujeres, no llamados al servicio militar, en actividades para el restablecimiento de la normalidad .
En esa época, como hoy, las Fuerzas Militares y otros sectores defendieron esos grupos de apoyo. Sin embargo, el presidente Barco no sólo les quitó piso legal sino que elevó a delito la conformación de grupos armados. En ese entonces, la Corte Suprema, al revisar la decisión de Barco, advirtió que el Estado es el único que tiene el monopolio sobre las armas.
Hoy, ocho años después, la Corte Suprema ya no tiene el control constitucional y hay una nueva Constitución. Por eso, la tarea de la Corte Constitucional es definir ese precepto frente a la Constitución de 1991.
Ayer, para resolver, durante más de seis horas, los magistrados de la Corte Constitucional escucharon las intervenciones de 15 oradores: siete se declararon partidarios de las Convivir y ocho más pidieron acabarlas. La Iglesia se excusó de asistir (ver notas anexas).
Si la Corte acepta los juicios jurídicos que indican que ciudadanos armados pueden apoyar a la Fuerza Pública para mantener el orden, las cooperativas continuarán.
Si en la Corte prevalecen las tesis según las cuales el monopolio de las armas lo tiene el Estado y la población civil no puede intervenir directamente en el conflicto armado como lo señala el Protocolo II de Ginebra, la sentencia dejaría sin efectos las normas que dieron origen a las Convivir. La ponencia la elaborará el magistrado Vladimiro Naranjo Mesa.
El debate surgió en la Corte Constitucional a raíz de una demanda presentada contra las normas que crearon y regularon el funcionamiento de las Convivir.
La propia corporación en julio de 1995 advirtió, en un fallo sobre salvoconductos, que la imposibilidad de afectar el derecho de posesión de las armas radicado en cabeza de un grupo de personas, conduciría a una situación de desequilibrio y desigualdad entre la ciudadanía . Y ni hablar de los problemas que ello originaría, dijo.
Así las cosas, cumplida la audiencia pública, los nueve magistrados de la Corte retomarán los antecedentes suyos y de la Corte Suprema y los argumentos expuestos frente a la coyuntura actual para definir la suerte del último de los actores llegados a la escena del conflicto armado en Colombia: las Convivir.
A Favor
Carlos Holmes Trujillo, ministro del Interior.
Las asociaciones Convivir nacieron del legítimo derecho de los ciudadanos a asociarse, del legítimo derecho de defenderse, del legítimo derecho de cooperar para lograr los fines del Estado y las autoridades. Es el ejercicio legítimo de unir esfuerzos para hacer frente a la delincuencia.
El Estado es consciente de que la seguridad no reside sólo en la capacidad de oponer la fuerza a los violentos... por esto ordenó un estudio sobre las Convivir y una eventual reglamentación que defina el tipo de armas que deben portar, la calidad de sus miembros, los mecanismos de control y la región donde deben permitirse .
Gilberto Echeverri Mejía, ministro de Defensa
Colombia tiene 1.142 kilómetros cuadrados de territorio y las Fuerzas Militares conforman una fuerza pequeña en relación con el país... El país vive una situación irregular que disminuye la capacidad de los ciudadanos para desplazarse, para adelantar la actividad agraria... El Ejército necesita el apoyo de la población civil y las Convivir no son una fuerza de choque, de ataque, ni siquiera de inteligencia .
Eduardo Montealegre, viceprocurador general
El concepto de la Procuraduría General de la Nación es pedir la exequibilidad del decreto que rige las Convivir... sin embargo, la Procuraduría hace una advertencia, que le está dando su beneplácito a los grupos paramilitares. La Procuraduría concibe a las Convivir desde otra óptica... La conclusión nuestra es que la estructura jurídica de las Convivir obedece a una dinámica distinta a la del paramilitarismo.
La constitución de las Convivir respeta la libertad de asociación o de empresa, prevalece el consentimiento libre de las personas para conformar estas asociaciones... constituye simplemente la prestación de un servicio público .
General Luis Enrique Montenegro, director del DAS
La Fuerza Pública no puede sola lograr los objetivos de tranquilidad en el país, se requiere el apoyo ciudadano y una demostración de solidaridad y en este momento se puede decir que lo dan las Convivir.
El origen legal de las Convivir encuentra fundamento en razones de interés general relacionada con el derecho de los ciudadanos a defender su vida e integridad cuando son amenazados por grupos violentos... Así las cosas, la supresión de las Convivir antes que desestimular el fenómeno de las autodefensas lo incentivaría, toda vez que se cerraría la posibilidad de que la población se organice en grupos autorizados por la ley y vigilados por el Estado... Si se cierra la alternativa de las Convivir no quedará una diferente a la del incontrolado paramilitarismo .
Germán Arias, superintendente de Vigilancia y Seguridad
No parece lógico esgrimir argumentos legales y apelar a los tratados internacionales y a la jurisprudencia y a la doctrina para conseguir que un sector de la población a donde la Fuerza Pública no pueda hacer presencia permanente se mantenga inerme ante las agresiones que de continuo recibe por parte de bandidos, que bajo un estandarte político asesinan, violan, roban o incendian so pretexto de castigar al gobierno...
Las Convivir son simplemente organizaciones autorizadas para acondicionarse en términos de poder ejercer en forma eficaz el derecho de defensa... Las Convivir no están autorizadas para adelantar una guerra contra la subversión ni se han propuesto hacerlo, pero si para impedir que ésta desaloje por la fuerza a los campesinos indefensos de sus asentamientos y los despoje de sus bienes
Alvaro Uribe Vélez, gobernador de Antioquia.
A diferencia de las empresas comerciales de vigilancia y seguridad privada, estas asociaciones buscan más la protección de sus propios afiliados que la venta de servicios de vigilancia y seguridad. Además, hacen mayor énfasis en acciones de inteligencia que en celaduría tradicional.
Las asociaciones Convivir y sus asociados carecen de privilegios en materia de armas. Para obtener los respectivos permisos deben llenar los requisitos que la ley exige a otros ciudadanos y personas jurídicas... No resulta lógico afirmar que por la creación de las asociaciones Convivir se está armando a la sociedad colombiana. Más del 95 por ciento de los crímenes son perpetrados con armas ilegales .
Jorge Visbal Martelo,
presidente de Fedegan
Nos preocupa que aquí se cuestione una actuación legal para que esa Colombia rural siga siendo objetivo de la guerrilla...Colombia enfrenta las consecuencias de una violencia guerrillera. Nosotros hemos dejado de aportarle el año pasado al país $936.000 millones por las acciones de la guerrilla. En 1996, la subversión secuestró a 511 ganaderos y 25 murieron durante su cautiverio. En extorsión de la guerrilla pagamos durante ese período cerca de $40.000 millones y en marchas campesinas otros $40.000 millones .
EN CONTRA
Alfonso Gómez Méndez, fiscal general de la Nación
El monopolio de las armas, no sólo para fabricación sino para su uso, está en poder del Estado... y es contrario a ese principio el que se permita en Colombia la integración de grupos armados, así sea para defenderse o colaborar con la Fuerza Pública... El monopolio de la fuerza, a mi juicio, es indelegable y no es comparable la situación con la del celador del edificio.
La legítima defensa no requiere reglamentación, porque ese derecho está contemplado en el Código Penal... para que los ciudadanos colabores con las autoridades no necesitamos ni armarlos ni necesitamos, tampoco, dictar una norma particular... La experiencia en la última década en el país fue demasiado dolorosa para que dejemos el menor resquicio por donde se nos pueda colar otro baño de sangre .
José Fernando Castro, defensor del Pueblo
El decreto que creó las Convivir contradice los fines del Estado y contradice las funciones de la Fuerza Pública... El artículo 39 de dicho decreto frente a la Constitución Política sobre el monopolio de las armas lo consideramos inexequible.
Si bien es cierto que funcionan legalmente, aparentemente, no aportan absolutamente nada a la inmunidad de la población civil y en lugar de disminuir el número de participantes en la guerra los están aumentando, esto el algo así como pretende apagar el incendio con gasolina... la experiencia indica que este tipo de organizaciones son proclives a degenerar, en muchos casos, en grupo de justicia privada o en otras modalidades delincuenciales .
Piedad Córdoba, senadora de la República
Es falso que la presentación de que las Convivir sean cooperativas de campesinos que toman las armas para defenderse de la guerrilla. El funcionamiento de las Convivir no obedece en realidad a las disposiciones que les sirve de sustento legal, no son un servicio transitorio para desarrollar actividades en área de alto riesgo e interés público ni las personas que lo prestan cumplen el objeto exclusivo de proveer a su propia seguridad sino la de terceros.
Perturban las condiciones para el ejercicio de los derechos y libertades públicas de la ciudadanía e invaden la órbita de competencia reservada a las autoridades asumiendo conductas reservadas a la Fuerza Pública, no mantiene actualizados los permisos, libros, registros y seguros exigidos, ni portan credencial de identificación .
Alfredo Rangel, politólogo
Son una salida fácil e incompatible con un estado de derecho... Los objetivos del Estado son la protección y defensa de la vida, honra y bienes de los ciudadanos... el Estado pretende ahora que sean estos (los ciudadanos) lo que lo defiendan.
No es descartable como mecanismo para despojar de sus tierras a los desvalidos... las opciones institucionales son mejores que las no institucionales y hace falta multiplicar por dos o por tres el pie de fuerza de la Policía para alcanzar estándares internacionales... una reforma militar sin incremento de la fuerza y más eficacia y eficiencia de la justicia .
EN CONTRA
Gloria Cuartas,
alcaldesa de Apartadó
La aparición en Apartadó de esas clandestinas asociaciones de carácter legal, aduciendo funciones de inteligencia, información y cooperación con las autoridades para proteger a los ciudadanos, dista mucho de la realidad porque en la práctica sucede lo contrario: los alcaldes no conocen quiénes las integran; no se saben sus áreas de operaciones, ni sus funciones reales; se desconoce su vinculación con los factores del conflicto...Nos resistimos a la sombre de la guerra y la muerte, no queremos más pérdida de legitimidad del Estado .
Almudena Mazarrasa,
Delegada de la ONU para DD.HH.
Los organismos internacionales han visto con alarma que se desarrollan en Colombia en forma violenta agrupaciones paraestatales. El Protocolo II de Ginebra rige en el país desde hace más de un año y establece que la población civil no puede intervenir directamente en el conflicto armado.
Sin embargo, los civiles quedan expuestos y asumen el carácter de combatientes cuando aceptan formar parte de grupos paralelos; con ello se incumple la obligación de proteger la vida. Para nosotros, resulta preocupante la presencia de civiles sin ningún signo distintivo en medio del conflicto. Tampoco hay controles .
Gustavo Gallón.
pte. Comisión de Juristas
La creación de las Convivir es inconstitucional porque no sólo permite la organización de grupos armados sino que va en contra del precepto de la Constitución según el cual el Estado es el único que tiene el monopolio del uso de las armas. Resultaron un remedio peor que la enfermedad.
Las Convivir tienen que usar armas de uso restringido de las Fuerzas Militares, así como las Fuerzas Militares tienen la obligación de usar uniformes...Las Convivir no son grupos que puedan o no usar armas sino que tienen que utilizarlas .
Gabriel Izquierdo,
director del Cinep
Qué podemos esperar de grupos armados que actúan sin ninguna preparación ni control?
Con una sociedad polarizada, en una guerra, que no es de juguete, al crear otros grupos contribuimos al debilitamiento del monopolio de la fuerza...En Colombia vivimos una situación de guerra y de odio; se trata de una sociedad polarizada en la cual el Estado está debilitado .
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