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Niños, Estos Son Nuestros Derechos

Para la convención un niño es todo ser humano menor de 18 años.

Derechos a la Supervivencia - A la vida.

- A los niveles más altos de salud y nutrición.

- A exámenes periódicos si están en establecimientos de protección.

- A la seguridad social.

- A un nivel de vida adecuado para el crecimiento en todos los sentidos: moral espiritual, social...

Derecho al desarrollo - A no ser separado de sus padres.

- A que ambos padres asuman la responsabilidad de su crianza y desarrollo.

- A mantener relación y contacto directo con ambos padres, cuando estos residen en países diferentes.

- Al acceso a toda información y material que promueva su bienestar social, espiritual y moral, y su salud física y mental.

- A la educación primaria gratuita y a las facilidades para la educación secundaria.

- A una educación que desarrolle todas sus potencialidades.

- A tener su propia vida cultural, religión o idioma, para los niños que pertenezcan a minorías étnicas, religiosas o lingísticas.

- A descansar, jugar y tener acceso a la cultura.

Derecho a la protección: - A ser considerado igual a todos los demás niños.

- A que su interés esté primero en todas las medidas que tengan que ver con ellos.

- A un nombre, al registro y a conocer a sus padres.

- A preservar su nombre, nacionalidad y relaciones familiares.

- A permanecer en su país.

- A disfrutar de una vida plena cuando tengan algún impedimento físico o mental.

- A ser protegidos cuando sean privados de su familia.

- A que en casos de adopción, su interés sea lo principal.

- A ser protegidos contra el secuestro, la trata o la venta de niños.

- A que su vida privada sea respetada.

- A la protección contra la explotación económica y los trabajos peligrosos.

- A la protección contra toda forma de explotación y abuso sexual.

- A la recuperación física y sicológica cuando han sido víctimas de abandono, explotación y abusos.

- A la protección cuando han sido víctimas de conflictos armados.

- A obtener el estatuto del refugiado.

- A no ser sometidos a torturas, pena capital ni prisión perpetua, y a no ser privados ilegalmente de la libertad.

- A recibir tratamiento y garantías especiales si han infringido la ley.

- A la protección del uso ilícito de drogas.

- A la protección contra todo tipo de abuso, descuido, trato negligente o maltrato.

- A que se le apliquen las disposiciones nacionales e internacionales más favorables que las de la convención.

Derechos a la participación - A expresar su opinión en los asuntos que lo afectan y a que se le tenga en cuenta.

- A la libertad de expresión y a buscar, recibir y difundir información.

- A la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

- A la libertad de asociación y a celebrar reuniones pacíficas.

Publicación
eltiempo.com
Sección
Información general
Fecha de publicación
17 de agosto de 1996
Autor

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