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La reforma a la salud en EE.UU.

El Congreso de Estados Unidos, a iniciativa de la administración Obama,
aprobó una importante y polémica reforma al sistema de salud.
Dada la amplia discusión que se ha generado en Colombia sobre el sistema de
salud creado por la Ley 100 de 1993, es bueno hacer algunas comparaciones.
Para entender el contexto, es bueno recordar que el aseguramiento universal
es algo nuevo en Estados Unidos. Solo tenían seguro los que lo obtenían como
producto de su relación laboral los mayores de 65 años, a través del
programa Medicare (se financia con un impuesto a la nómina del 2.9 por
ciento, que es pagado incluso por los trabajadores independientes), y los
más pobres con el sistema Medicaid, financiado con recursos federales y de
los estados. Como resultado, más de 47 millones de personas (16 por ciento
de la población) no tenían ninguna clase de protección frente a los riesgos
de salud en el año 2007.
Lo primero que es necesario señalar, a propósito de la reforma en Estados
Unidos, es que se trata de un proceso de largo plazo: sus provisiones plenas
solo se aplicarán a partir del año 2018.
Como en el sistema colombiano, se le da un papel protagónico a las empresas
aseguradoras privadas (EPSs en Colombia). Solo hasta 2014 entrará plenamente
el cubrimiento universal.
Por ahora, se les prohíbe a las aseguradoras rescindir las pólizas de
asegurados que estén enfermos (aun cuando usted no lo crea, lo podían hacer,
utilizado cualquier pretexto, como un olvido en haber reportado un problema
de alta tensión en los padres, o un atraso de un día en el pago de las
primas).
Se les prohibirá también a los aseguradores, a partir de 2014, negar
cubrimientos o fijar primas por razones de género, situación de salud o
información genética (también lo pueden hacer hoy).
En Colombia, la prima de seguro es la Unidad de Pago por Capitación, fijada
por la Comisión de Regulación en Salud.
En EE.UU. estas primas serán fijadas libremente por las aseguradoras. Se
espera que la competencia evite que sean muy altas. Estas primas podrán ser
variables como consecuencia de la ubicación geográfica, el consumo de
tabaco, la participación en los programas de prevención y la edad. El
incremento en el valor de las primas será sujeto a revisión de las
autoridades.
Como se aprecia, el sistema creado en Colombia es más progresivo y protector
de la salud que el que se producirá en Estados Unidos con la Ley recien
expedida. Ojalá las decisiones del Gobierno, del Congreso, y por qué no
decirlo, de la Corte Constitucional, no amenacen la sostenibilidad del
sistema colombiano.
En otra columna me ocuparé de comparaciones: plan obligatorio en salud,
subsidios en aseguramiento, manejo de costos de salud, y provisiones
relacionadas con la sostenibilidad del sistema de protección a ancianos,
Medicare.
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