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REFORMAN CÓDIGO PENAL MILITAR

La Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Defensa trabajan conjuntamente en la elaboración de un proyecto de nuevo Código Penal Militar. El estatuto incluirá conductas ilícitas que hasta ahora no han sido consideradas como tales o que habían sido tipificadas simplemente como faltas de carácter disciplinario.

Redacción El Tiempo
Entre otras conductas, según expertos de ambas instituciones, se considerarían la inclusión de delitos como la desaparición forzosa, la tortura y otros ilícitos relacionados con abuso sexual.
A ese efecto, el procurador general de la Nación, Carlos Gustavo Arrieta, comisionó a dos procuradores delegados para que participen en el trabajo conjunto con el Ministerio de Defensa.
Los procuradores comisionados son el Delegado para las Fuerzas Militares, Mauricio Fajardo, y el Delegado Primero en lo Penal, Manuel Corredor.
Fuentes de la Procuraduría dijeron ayer que, por ejemplo, la desaparición forzada está prohibida por la Constitución, pero no aparece tipificada ni en el Código Penal ni en el Régimen Penal Militar.
Por esta razón, los delegados del Ministerio Público consideran que debe incluirse en el nuevo código y sancionarse severamente y usarse como instrumento de disuasión para elementos de la fuerza pública que incurran en excesos eventuales.
Las fuentes dijeron que se hacía necesario incluir la tortura como delito penal, pues los casos probados solo pueden sancionarse como lesiones personales cuando las hay, o como abuso de autoridad.
El objetivo es el de que estos y otros temas sean objeto de estudio de la comisión conjunta de la Procuraduría y el Ministerio de Defensa, cuyos delegados serían oficiales que hacen parte de la jurisdicción penal y miembros de las inspecciones generales de todas las fuerzas.
Arrieta dirigió la semana pasada una carta al entonces ministro de Defensa encargado, general Ramón Emilio Gil, en la que le decía que el Ministerio Público espera que se revisen no solamente las tipificaciones de nuevos delitos, sino lo referente a competencias y procedimientos vigentes en el actual régimen penal militar.
En concepto del Procurador y así lo señala en su carta, del éxito de la revisión depende no sólo la credibilidad en la justicia penal militar sino, además, las propias instituciones militares reportarían beneficios incalculables para la moral de sus integrantes y la confianza que la sociedad civil deposita en ellos, del hecho de tener una administración de justicia eficaz que reprima con celeridad y rigor la conducta punible de quienes no merecen formar parte de las mismas .
Escasez de abogados
Arrieta explica en su misiva a Gil que la Procuraduría tiene especial interés en esa reforma, atendiendo a una clara política orientada a conseguir el respeto por los derechos humanos.
La Procuraduría cree que en materia de procedimiento, por ejemplo, el Código debería subsanar los vacíos que generó un reciente fallo de la Corte Constitucional que eliminó la posibilidad de designar a oficiales no abogados como defensores de oficio de los procesados.
La sentencia de la Corte que fundamentalmente consideró una vulneración del derecho de una adecuada defensa obligó a la jurisdicción penal militar a buscar salidas de emergencia.
Los juzgados y el Tribunal Penal Militar, por ejemplo, han tenido que acudir a abogados de la Defensoría Pública y de las consultorías jurídicas de las universidades.
Sin embargo, el recargo de trabajo y la escasez de funcionarios de la Defensoría han hecho prácticamente inoperante el esquema. La Procuraduría cree que la jurisdicción militar debería empezar por llevar un registro completo de las actuaciones y verificar así los casos de incumplimiento de los términos judiciales.
Redacción El Tiempo
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