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AÚN NO SABE QUÉ ES UNA LICENCIA AMBIENTAL

Un promedio diario de 600 llamadas recibe la Línea T de EL TIEMPO de parte de lectores de todo el país que están interesados en conocer todo lo relacionado con licencias ambientales. La principal preocupación sigue siendo la de cómo evitar el deterioro ambiental producido por las canteras. Sin embargo, los usuarios también aprovechan el espacio para hacer sus denuncias. Por eso hoy se publican algunas de ellas con sus respectivas respuestas.

Redacción El Tiempo
La campaña informativa del Ministerio del Medio Ambiente y EL TIEMPO acerca de licencias ambientales cuenta ahora con una nueva línea que abrió el Minambiente (9800 15815) y que será atendida directamente por funcionarios de la Dirección Sectorial Ambiental de esa dependencia.
La nueva línea recibirá las dudas de lunes a viernes en horas de oficina. En tanto que la Línea T las seguirá recibiendo todos los días, las 24 horas.\ Esta campaña tendrá una duración de dos meses (finaliza en enero de 1995). Espere una nueva entrega el próximo lunes en la página de Medio Ambiente.
CAMPAÑA INFORMATIVA DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Y EL TIEMPO (IV)
Qué requisitos deben cumplir las areneras para no dañar el medio ambiente? (Varias personas)
Las areneras que actualmente están funcionando deberán diseñar un Plan de Manejo Ambiental de acuerdo con los programas de explotación minera y sistemas de beneficio que permita recuperar morfológicamente el área de explotación y, además, que se puedan adoptar las medidas de prevención, mitigación, corrección y compensación necesarias para hacer compatible la actividad minera con el entorno en donde se desarrolla.
Dicho Plan deberá presentarse a la autoridad ambiental competente para su evaluación y concepto a fin de dar viabilidad e imponer el desarrollo del Plan de manejo ambiental. Para los nuevos proyectos de explotación de materiales de construcción, estos deben solicitar la Licencia Ambiental correspondiente.
Cuánto tiempo demora el trámite de una Licencia Ambiental? (Varias personas)
El tiempo requerido para la obtención de la Licencia Ambiental varía considerablemente dependiendo de la magnitud del proyecto, la localización geográfica, la sensibilidad ambiental del entorno en donde se vaya a implementar, etcétera. Pero por ley, el trámite administrativo debe durar máximo 315 días, desde la inscripción del proyecto hasta la entrega del acto administrativo.
Quiénes necesitan las licencias ambientales? (Varias personas)
Los proyectos o actividades relacionados en los artículos 7o. y 8o. del decreto 1753 de agosto de 1994, relacionados con: industria petrolera; minería; construcción de presas, represas o embalses, de centrales generadoras de energía eléctrica; tendido de líneas de interconexión; construcción o ampliación de puertos internacionales, nacionales y privados; obras públicas de las redes vial, fluvial y ferroviaria; distritos de riego; importación de pesticidas y sustancias sujetas a control; proyectos que afectan el Sistema de Parques Nacionales Naturales; generación de energía nuclear; uso de energías alternativas virtualmente contaminantes; estaciones de servicio; plantas almacenadoras y envasadoras de gas; aprovechamientos forestales de carácter comercial; proyectos de reforestación y silvicultura; establecimientos comerciales de zoocriaderos; floricultura intensiva; granjas pecuarias acuícolas, piscícolas y avícolas; construcción de sistemas de acueducto urbano para abastecimiento de más de 5.000 usuarios; construcción de sistemas de alcantarillado; plantas de tratamiento y disposición de aguas residuales; sistemas de tratamiento y disposición de residuos sólidos, domésticos y desechos industriales y peligrosos; complejos y distritos o ciudadelas industriales y zonas francas; complejos y proyectos turísticos recreacionales y deportivos; parcelaciones, loteos, condominios y conjuntos habitacionales cuando no exista un Plan de Ordenamiento Territorial y/o distrital aprobado por la corporación autónoma regional respectiva; obras de desarrollo como hospitales, cementerios, plazas de mercado, sistemas de transporte masivo, terminales terrestres de pasajeros y carga; industrias manufactureras de alimentos, textiles, cueros, madera, papel, sustancias químicas derivadas del petróleo, carbón y caucho, de productos minerales no metálicos, de metálica básica y de maquinaria y equipos; manipulación genética y producción de microorganismos con fines comerciales.
Sería muy interesante conocer la reacción del Ministerio ante el hecho de que en Cartagena son algunos funcionarios del Inderena los que hacen los estudios ambientales. (No dejó el nombre)
Las denuncias respectivas deberán formularse ante la Procuraduría delegada para Asuntos Agrarios y Ambientales y ante la Procuraduría delegada para la Vigilancia Administrativa (Procuraduría General de la Nación).
Qué tipo de normatividad existe para la elaboración de estudios de impacto ambiental? (Edgardo Escobar, Bogotá)
El Ministerio del Medio Ambiente está trabajando en la elaboración de los términos de referencia básicos para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental en el sector minero-energético (hidrocarburos, minería, hidroeléctricas, líneas de transmisión y termoeléctricas, entre otros); de puertos, aeropuertos, vías y líneas férreas.
Quienes tenemos trámites de licencias en entidades como la Secretaría de Salud, el Ministerio de Salud y la Car, trámites que llevan años en curso sin tener respuesta, debemos iniciar otros trámites adicionales o es posible que los expedientes que tenemos allí sean pasados al Minambiente para resolver nuestra situación? (Varias personas)
De conformidad con la Ley 99 de 1993 y el decreto reglamentario 1753 de 1994, la Licencia Ambiental es requisito previo para el trámite de otras licencias, permisos o autorizaciones. No obstante el artículo 38 del decreto 1753 de 1994 establece el régimen de transición, prevé que los proyectos, obras o actividades que se iniciaron con anterioridad a esta norma, al igual que los trámites para obtener los permisos, licencias, concesiones o autorizaciones exigidos por las leyes vigentes en ese momento, continuarán su trámite de acuerdo con las mismas, pero la autoridad ambiental competente podrá exigirles al momento de ejecutar u operar el proyecto, obra o actividad, los planes de manejo, recuperación o restauración ambiental a que haya lugar.
Qué incentivos especiales existen para las labores de reforestación? (Varias personas)
En cumplimiento con los deberes asignados al Estado por los artículos 79 y 80 de la Constitución Política, se creó el Certificado de Incentivo Forestal (CIF) como un reconocimiento del Estado a las externalidades positivas de la reforestación en tanto los beneficios ambientales y sociales generados son apropiables por el conjunto de la población. Su fin es el de promover la realización de inversiones directas en nuevas plantaciones forestales de carácter protector-productor en terrenos de aptitud forestal.
Podrán acceder a este incentivo las personas naturales o jurídicas de carácter privado, entidades descentralizadas, municipales o distritales cuyo objeto sea la prestación de servicios públicos de acueducto y alcantarillado, y entidades territoriales que mediante contrato celebrado para el efecto con las entidades competentes para la administración y manejo de los recursos naturales renovables y del ambiente, se comprometan a cumplir un Plan de Establecimiento y Manejo Forestal, en los términos y condiciones señalados en la Ley 139 de 1994 y su decreto reglamentario (1824 de 1994).
Necesito hacer una explotación de aluvión en Guapi y para tramitar la licencia me dijeron en Buenaventura que fuera a la CVC en Popayán, pero allí me dicen que eso lo debe hacer la regional minera de Pasto y en Pasto no saben si van a seguir manejándolo ellos o el Ministerio. Qué hago? (No dejó el nombre, Cali)
Para la explotación de aluvión de oro en el río Guapi es necesario tramitar la licencia minera ante el Ministerio de Minas en Bogotá. La Licencia Ambiental siempre y cuando el proyecto sea de pequeña o mediana minería se debe tramitar ante la Corporación Autónoma Regional del Cauca con sede en Popayán. Si el proyecto es de gran minería, la Licencia Ambiental se tramitará ante el Ministerio del Medio Ambiente en Bogotá.
Cuál es la incidencia del Minambiente en lo relacionado con control a las canteras? (Varias personas)
El Ministerio del Medio Ambiente, como organismo rector del medio ambiente en el país, es quien determina las normas ambientales mínimas y las regulaciones de carácter general sobre medio ambiente. Bajo este orden de ideas, el Ministerio tiene incidencia sobre el manejo ambiental que se les de a las canteras. Los organismos ejecutores de estas políticas en lo que respecta a mediana y pequeña minería son las corporaciones autónomas regionales, las cuales están bajo el control de este ministerio.
Cómo se puede impedir que se sigan dañando los cerros del nororiente de Bogotá? (No dejó el nombre)
Los cerros orientales de la ciudad de Bogotá están bajo la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR). Ante esta Corporación se pueden presentar las quejas sobre el mal manejo que se está realizando en estas explotaciones. Sin embargo, el Ministerio del Medio Ambiente, en conjunto con la CAR está elaborando un plan de acción para ejercer el control sobre esta actividad en la Sabana de Bogotá.
Cómo se puede legalizar la explotación de una cantera en Silvania? (No dejó el nombre)
Para la legalización es necesario tramitar la licencia minera ante el Ministerio de Minas en Bogotá. La Licencia Ambiental se debe tramitar ante la CAR.
Qué va a pasar con las explotaciones fuera de las zonas compatibles de minería? (Varias personas)
Las actividades mineras que cuenten con concesiones, contratos o licencias de explotación vigentes ante el Ministerio de Minas, tienen que presentar ante la autoridad competente (en este caso la CAR) un Plan de Manejo y de Restauración Ambiental de la explotación. Dicho plan será evaluado por la autoridad quien se pronunciará sobre el mismo.
Qué mejoras se pueden realizar en áreas de manejo especial? (Varias personas)
Las áreas de reserva forestal y los Parques Nacionales Naturales son áreas de manejo especial y como tales están sujetas a las reglamentaciones que para el efecto establece el Código de Recursos Naturales y los respectivos estatutos están constituidos en términos generales para la protección del ambiente y los recursos naturales que allí se encuentren. Cualquier proyecto, obra o actividad que se quiera realizar sobre estas áreas debe ser objeto de Licencias Ambiental de conocimiento privativo del Ministerio.
Redacción El Tiempo
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