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SERVICIOS PÚBLICOS: RECLAMOS SIN PAGAR

Un severo estatuto de protección al usuario de servicios públicos, que le permitirá realizar reclamos sin pago anticipado y aplicar el silencio administrativo a las empresas cuando demoren la solución a las quejas, será puesto en marcha hoy. El decreto reglamentario, matriculado con el número 1842, también autoriza el pago de las tarifas de acueducto, alcantarillado, energía, aseo y teléfonos con tarjetas de crédito.

Redacción El Tiempo
El nuevo estatuto será presentado hoy por el ministro de Desarrollo, Ernesto Samper Pizano.
En adelante ninguna empresa del país, así sea particular, podrá cortar el servicio argumentando mora en el pago, cuando el usuario haya interpuesto recurso para la revisión de la factura.
La entidad, según el estatuto, tendrá diez días hábiles para resolver el reclamo. De no existir ningún pronunciamiento en el término estipulado se aplicará el silencio administrativo y se entenderá que la queja fue aceptada.
Así, según el Gobierno, se busca corregir los abusos de la gran mayoría de empresas de servicios públicos, que a pesar de contar con oficinas especializadas de atención al consumidor exigen cobros anticipados para dar trámite a las quejas.
En alguna oportunidad la Junta Nacional de Tarifas trató de corregir esta situación, pero no se llevó a la práctica.
Según Samper, la nueva modalidad es de obligatorio cumplimiento, pues está emanada de una de las más altas instancias del poder público: la Presidencia de la República.
También se obliga a las empresas del sector a ampliar los horarios para el pago de los servicios con el fin de descongestionar las distintas oficinas que tienen a su cargo el recaudo.
La modalidad de tarjetas de crédito, que se incorporará al esquema de cancelación de los servicios públicos, busca brindarle una nueva alternativa al usuario, pues en muchas ocasiones los atrasos obedecen a la falta de dinero en efectivo.
Las facturas de los distintos servicios se pueden cancelar actualmente en bancos y corporaciones de ahorro, en efectivo o en cheque, pero no con tarjetas de crédito.
El estatuto se elaboró técnicamente, teniendo en cuenta un sinnúmero de quejas de los usuarios recogidas en todo el país. En el proceso de estructuración del nuevo mecanismo participaron la división de vivienda del Ministerio de Desarrollo, el Departamento Nacional de Planeación y las cámaras de comercio.
En el se establece que se brindará asesoría a los personeros municipales para que ilustren a la ciudadanía sobre las diferentes alternativas que tienen para protegerse de posibles abusos provenientes de las empresas de servicios públicos.
Se trabajará también estrechamente con la Conferación Nacional de Consumidores y las ligas de consumidores, que ayudarán a informar y canalizar quejas.
El decreto reglamentario del estatuto determina nuevos esquemas para la valoración de los consumos, pues actualmente existen una serie de inequidades debido a la controvertida estratificación.
El estatuto procurará el mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos, dentro de una política coherente en materia de asentamientos humanos, que cobija la ley de reforma urbana y que a su vez establece las condiciones en los cuales los servicios públicos se convierten en parte integral de la vivienda , anticipó el Ministro de Desarrollo.
Adicionalmente, el Congreso de la República deberá reglamentar el régimen de servicios públicos aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente, que le da mayor participación al usuario en la administración y fijación de tarifas.
Redacción El Tiempo
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