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Pliego de cargos contra concejal que invadió carril de TransMilenio abrió la Procuraduría

Álvaro Hernán Caicedo, dice el Ministerio público, conducía de manera irresponsable y temeraria.

La acusación, que es de carácter disciplinario, tiene que ver con los hechos ocurridos en una calzada de TransMilenio en donde el entonces concejal manejó un tramo de más de ocho cuadras, de la calle 78 sur a la calle 17 sur.
Según el señor Caicedo, no tenía previsto asistir a las sesiones pero ante la insistencia decidió acudir al llamado que recibió, por lo que "... desafortunadamente había demasiado trancón y sentí la responsabilidad de estar en el Concejo lo más pronto en cuanto fuera posible, y tome la decisión equivocada, no debí haberla tomado, pero consideré este un caso fortuito de mucha urgencia, y me metí por el carril de TransMilenio porque estaba completamente vacío y creo poder llagar más rápido".
Al respecto, señaló el Ministerio Público que no es viable que un servidor justifique jurídicamente haber cometido una conducta disciplinariamente irregular, en un posible caso fortuito, por cuanto las acciones por él cometidas además de constituir una violación de las normas de tránsito, dejan en evidencia que la actuación del investigado fue temeraria y que potencialmente puso en peligro su propia integridad física y la de otras personas que cotidianamente se movilizan por TransMilenio.
"Condenable y dañina se torna una conducta cuando mayor sea la autoridad o el poder de quienes incurren en ella, no solo por la gravedad de la falta, por la magnitud de los daños causados y por la mayor responsabilidad de quien la comete, sino porque el daño y el mal ejemplo suelen extenderse e implicar a otros", precisó la Procuraduría.
Teniendo en cuenta que el hecho en mención "está por fuera de todo cause reglamentario y normativo, contrariando expresas normas sobre el modo en que deben comportarse aquellas personas que forman parte activa del tránsito vial, de quienes, como él, cumplen funciones especiales, por tener la calidad de servidores públicos", se calificó provisionalmente la falta como grave, por cuanto se determinó que obró a título de dolo y que tenía una jerarquía y mandos especiales como Concejal de Bogotá.
Además, se tuvo en cuenta la trascendencia social de lo sucedido en atención a la investidura que tenía como servidor público que le demandaba mayor grado de cuidado en su actuar.
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