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El Referendo es constitucional, dice concepto de la Procuraduría
El procurador Alejandro Ordóñez dice que los supuestos vicios de trámite del Referendo son subsanables y por eso pidió que se declare exequible la Ley.
Además de pedirle a la Corte que declare exequible la ley que convoca al Referendo reeleccionista, el procurador Ordóñez pide que la fecha para esa votación se defina a más tardar ocho días después de que el Tribunal decida.
También le exige al presidente Álvaro Uribe que cumpla con la Ley de Garantías, para evitar que su eventual papel de Presidente-candidato le dé ventajas sobre otros aspirantes.
El Ministerio Público le pidió a la Corte que declare inconstitucional una expresión "voto en blanco", para la aprobación del Referendo.
"El Referendo tiene cuatro escenarios: el sistema electoral, el Congreso, la Corte Constitucional y luego las urnas", dijo Ordóñez.
El Ministerio Público analizó primero la iniciativa desde su convocatoria a firmas, proceso que ha sido duramente cuestionado y que incluso es investigado en la Fiscalía.
"La Constitución Nacional no es un instrumento pétreo, se puede modificar, pero están sometidos los cambios a controles de la Carta Constitucional", dijo Ordóñez.
Y agregó: "En el primer escenario, la iniciativa tiene un trámite que se debe tener en cuenta. La inscripción y su trámite concluyen con la certificación de autoridades electorales. Esos requisitos de inscripción son integrantes del marco jurídico dentro del cual debe desarrollarse el referendo".
Dijo que en esa primera parte se presentaron las firmas para la convocatoria, se cumplió con el número exigido del cinco por ciento del censo electoral, se inscribió el Comité Promotor, que designó un vocero, y se presentó un balance. Agregó que el registrador Nacional del Estado Civil certificó ese primer tramite.
Mencionó la jurisprudencia que señala que la esencia de la Corte no se puede modificar.
Luego, el jefe del Ministerio Público se refirió a uno de los aspectos que más polémica ha desatado en torno al tema de la ley que convoca al referendo, el de la convocatoria extemporánea en la Gaceta Oficial a sesiones extras del Congreso, luego de que esas sesiones habían comenzado.
Explicó Ordóñez que el hecho de que la publicación se hubiese hecho en la Gaceta dos horas después de comenzar las sesiones extras cumplió con el requisito de informar sobre ese trámite y que esa irregularidad legal es subsanable. "Pueda que existan otras irregularidades, que no afectan el trámite", dijo el Procurador.
"En el presente caso no hubo sustitución de la Constitución, por que para que ello ocurra se debe variar la identidad esencial de la Carta y uno de los criterios es la incompatibilidad con la Carta anterior, y la anterior (la de 1991) ya había admitido la reelección presidencial", explicó el jefe del Ministerio Público.
"La Procuraduría considera, por el bien común, que el actual Presidente de la República a partir de la fecha de acogerse a la Ley de garantías. Es un deber de naturaleza diversa a la cual el actual mandatario no debe sustraerse (...) no acogerse afectaría el equilibrio, el carácter de la parte electoral", advirtió Ordóñez.
¿Qué sigue?
El concepto del procurador Alejandro Ordóñez no obliga a la Corte, pero es considerado como una de las bases jurídicas para las decisiones que toma ese tribunal sobre la legalidad de los asuntos que están a su consideración.
Ordóñez entrega su concepto dos semanas antes del tiempo que tenía por ley (30 días hábiles) y la llegada de su escrito a la Corte marca el banderazo para la recta final del análisis que hacen los nueve magistrados.
Desde mañana, empiezan a correr 30 días hábiles para que el magistrado Humberto Sierra radique su ponencia. Una vez esto ocurra, la Corte en pleno tiene otros 60 días hábiles para fallar y ponerle punto final a una encurcijada clave para las próximas presidenciales en Colombia: si el presidente Uribe puede competir o no.
Si ponente y Corte se tomaran los tiempos completos, la decisión estaría en la última semana de mayo. Pero las presidenciales se realizarán el segundo domingo de ese mes, lo que sigue poniendo en entredicho la suerte del referendo.
Según el presidente de la Corte, magistrado Nilson Pinilla, ese tribunal no va a correr: "En la agenda hay otros temas importantes que deben ser resueltos por la Corte, que no puede responder por las demoras de otras instancias"
Si tanto el ponente como la Corte se tomaran sus tiempos máximos, el Referendo se definiría en la última semana de mayo, lo que no daría tiempo para organizarlo. Por ley, las presidenciales en el país se realizan el último domingo de mayo (primera vuelta).
Esta es la segunda oportunidad en la que la Procuraduría, como institución, se pronuncia sobre la constitucionalidad de la reelección presidencial.
En la administración de Edgardo Maya, en el 2005, el concepto estuvo por declarar la inconstitucionalidad de la reforma que restableció la reelección en el país después de casi un siglo de prohibición.
Maya consideró que el acto legislativo que revivio la reelección inmediata había sido tramitado de manera irregular en el Congreso y que los vicios eran insubsanables.
Pero el Tribunal no atendió esa opinión y le dio vía libre a la modificación de la Carta Política.
REDACCIÓN JUSTICIA
- Publicación
- eltiempo.com
- Sección
- Justicia
- Fecha de publicación
- 12 de enero de 2010
- Autor
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