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'No hay razón para que la CPI abra procesos en el país', afirma Francisco Lloreda

Ekl embajador de Colombia en los Países Bajos e interlocutor oficial ante la Corte Penal Internacional (CPI), explica los alcances que, en criterio del Gobierno, tiene el fin de la salvaguarda.

El embajador asegura que Colombia está haciendo la tarea y por eso no hay chance de que la CPI decida intervenir. Asegura que no cree que los llamados 'falsos positivos' clasifiquen entre los crímenes de lesa humanidad que quedarían en la órbita de la CPI. Y manifiesta que aunque respeta el video en el que Colombia aparece al lado de países con "instituciones de justicia precarias" y con investigaciones abiertas, presenta imprecisiones y sesgos, y no es institucional de CPI.

¿Qué significa para Colombia el fin de la salvaguarda?

Significa que a partir de esa fecha  la Fiscalía de la Corte podrá comenzar a investigar crímenes como el reclutamiento forzado de niños y otros para los que hasta el momento no tiene competencia, si nuestra justicia no lo hace. Deben ser crímenes cometidos con posterioridad al primero de noviembre. Es una nueva advertencia a los grupos armados ilegales y a quienes cometen esos actos para que pongan fin a sus prácticas criminales.

Es decir que en cuanto a crímenes de Guerra se refiere, la competencia de la Corte Penal Internacional no es retroactiva.

No es retroactiva. La Corte sólo podrá conocer de Crímenes de Guerra cometidos con posterioridad al primero de noviembre. En los casos de genocidio y lesa humanidad, es competente desde el primero de noviembre  de 2002.

¿La Corte ha hecho solicitudes de información sobre crímenes de guerra?

No, pues ha carecido de competencia. Podrá hacerlo a partir del primero de noviembre, sobre hechos que encajen dentro de esta categoría de crímenes del Estatuto de Roma.

Oficialmente, ¿qué información puntual ha requerido la Fiscalía de la Corte al Gobierno colombiano sobre crímenes de lesa humanidad y genocidio?

Ha solicitado información sobre las investigaciones penales y los juicios contra los responsables de Crímenes de Lesa Humanidad, provengan de donde provengan.

¿En qué fechas fueron hechos esos requerimientos, ante quién y qué información puntual remitió Colombia?

El Gobierno mantiene un diálogo permanente con la Fiscalía de la Corte y desde hace cerca de seis años coopera con el suministro de información sobre temas relacionados con las investigaciones penales y el accionar de los grupos armados ilegales, incluido el tráfico de armas y las redes de apoyo nacionales e internacionales.

La cooperación se lleva a cabo por el conducto diplomático bajo los parámetros previstos en el Estatuto.

¿La CPI ha recurrido a otras instancias para recoger información?

Por supuesto, como cualquier tribunal de orden penal. Además, cualquier persona puede suministrar información a la Fiscalía de la Corte para su análisis. Sin embargo, esta Fiscalía, a diferencia de las de las justicias nacionales, no está obligada a iniciar una investigación cuando alguien denuncia ante ella la comisión de un presunto delito.

Sólo actúa, cuando el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas le refiere un caso, cuando los hace un Estado parte de la Corte, o cuando el Fiscal -con autorización de la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte- toma la decisión de abrir una investigación. Para ello tiene que asegurarse de tres cosas: que tiene competencia, que el Estado no tiene la capacidad o la disposición para adelantar las investigaciones o juicios, y que dicha decisión sirve el interés de la justicia.

¿Colombia ha habilitado algún mecanismo para responder a los requerimientos judiciales de la CPI?

El mecanismo es el establecido en el Estatuto de Roma. Hay por supuesto un equipo interinstitucional encabezado por la Cancillería y la Embajada de Colombia en La Haya.

¿Es posible que la interpretación jurídica lleve a la CPI a tratar crímenes de guerra como de lesa humanidad?

En general, cada tipo de crímenes están claramente definidos en el Estatuto de Roma. Los Crímenes de Lesa Humanidad para que sean calificados como tales deben hacer parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil. Es decir no todo asesinato o tortura es un Crimen de Lesa Humanidad. Por su parte, los Crímenes de Guerra consisten principalmente en infracciones graves a los Convenios de Ginebra de 1949, así como otras violaciones graves a las leyes y usos aplicables en los conflictos armados. Sin embargo en algunos casos una misma conducta puede ser tipificada al mismo tiempo como un Crimen de Guerra y de Lesa Humanidad.

¿Es cierto, como lo han indicado fuentes judiciales, que entre las conductas de los militares que se están averiguando por parte de la CPI están las llamadas ejecuciones extrajudiciales o "falsos positivos"?

La Fiscalía de la Corte hace un monitoreo de todos los crímenes que pudieran llegar a ser de su competencia, incluyendo, como es de esperarse, las llamadas ejecuciones extrajudiciales o falsos positivos. Sin embargo no es claro que éstos califiquen como Crímenes de Lesa Humanidad pues no necesariamente obedecen a una práctica generalizada o sistemática. Es a la justicia colombiana a la que le corresponde calificar la conducta.

Pero llevamos un año de ocurridos los falsos positivos y aún no hay condenas. No es una muestra de impunidad y que la Corte Penal debería entrar a investigar?

La Corte Penal es un tribunal de último recurso que sólo opera cuando los Estados no son capaces o no tienen la disposición de llevar a cabo las investigaciones. Ese no es el caso en Colombia. La Fiscalía General de la Nación y los jueces están adelantando investigaciones y hay ya condenas. En relación a los llamados falsos positivos, hay más de 1,300 militares investigados, 300 a la espera de juicio y 150 condenados.

Además, un año no es un plazo largo para una investigación criminal. Son investigaciones complejas y que deben adelantarse con pleno respeto de las garantías procesales pues está en juego la libertad de una persona. La Corte Penal Internacional, por ejemplo, lleva tres años y medio desde que comenzó su primer caso y aún no hay sentencia de primera instancia.

¿Es cierto que fue remitida información sobre el computador del jefe de las FARC, Raúl Reyes?

Sí. La Fiscalía de la Corte está investigando las redes internacionales de apoyo a grupos armados que cometen crímenes en Colombia.

¿Qué significa que Colombia esté bajo "observación" de la CPI? ¿Judicialmente equivale a una indagación preliminar? ¿A un fracaso de nuestra justicia en ciertos procesos?

Significa que desde 2005 la Fiscalía de la Corte monitorea al país para asegurarse que de presentarse crímenes atroces no queden en la impunidad. Judicialmente no equivale a una indagación preliminar. Tampoco se puede hablar del fracaso de la justicia cuando se tiene a la casi totalidad de los exjefes paramilitares en la cárcel, a la totalidad de los del Secretariado de las FARC con sentencias condenatorias y decenas de jefes guerrilleros en las cárceles, a más de 40 políticos detenidos por vínculos con los grupos armados ilegales y a más de 150 miembros de la Fuerza

Pública condenados. Estos hechos muestran claramente la capacidad y voluntad del Estado colombiano de luchar contra la impunidad. Por eso, no hay razón para que la Corte abra una investigación en el país.

La CPI indagó sobre congresistas o políticos en general vinculados a las AUC o acciones relacionadas con este grupo como financiamiento, apoyos, encubrimientos?

La Corte no es una institución de naturaleza política sino judicial y en ese sentido lo que monitorea es que las autoridades judiciales estén adelantando investigaciones y juicios por crímenes que pudieran llegar a ser de su competencia, sin importar si son políticos.

La CPI indagó sobre si la extradición de los líderes paramilitares presenta algún obstáculo en la investigación de los mencionados políticos?

Inicialmente hubo inquietud pero en la medida en que la justicia nacional ha continuado con las investigaciones hay mayor claridad. Una muestra de ello es que un gran número de políticos están en la cárcel. Es más, las extradiciones han facilitado las confesiones de muchos mandos medios y la participación de víctimas que hasta entonces estaban siendo intimidadas. Paradójicamente, quienes han sido más críticos del proceso y la ley de Justicia y Paz se han convertido en sus principales defensores al solicitar el regreso de los extraditados. No se entendería esta posición si en el país hubiera impunidad.

¿Es cierto que usted u otros miembros de la delegación colombiana manifestaron su malestar a principios de año cuando vieron un video institucional de la CPI en el que Colombia compartía escenario con el Congo y Somalia y cuando se oficializó que estábamos bajo observación?

No es un video institucional de la Corte. Es un documental independiente que coloca a Colombia al lado de países que tienen abiertas investigaciones. Estos países, con todo respeto, tienen instituciones de justicia muy precarias y que en nada se parecen a las colombianas. Hemos sido respetuosos del documental, aunque sea impreciso y sesgado. 

u.investigativa@eltiempo.com.co 

Publicación
eltiempo.com
Sección
Justicia
Fecha de publicación
10 de octubre de 2009
Autor

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