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Dejar sin efectos orden de arresto contra Rodrigo Pardo, piden Andiarios, Asomedios y SIP

La solicitud fue hecha al Tribunal Superior de Bogotá. La Juez 53 Penal del Circuito de Bogotá ordenó el arresto y el cobro de una multa contra el Director de la Revista Cambio.

Para las asociaciones "tal medida constituye una modalidad de censura prohibida por la Constitución Política de Colombia y viola la libertad de información".

En un comunicado conjunto, Andiarios, Asomedios y la SIP recuerdan que la Juez "analizó 11 afirmaciones contenidas en el artículo 'El contacto de Sale', publicado por la revista Cambio (Edición 804 del 27 Noviembre 2008), sobre informaciones y opiniones en las que se menciona al Magistrado del Consejo Superior de la Judicatura, José Alfredo Escobar Araújo y al señor Giorgio Sale. De las 11 frases analizadas la Juez consideró que sólo dos de ellas contenían imprecisiones y debían ser rectificadas".

Resaltan que "la Revista Cambio procedió a realizar la correspondiente rectificación, cumpliendo con los parámetros establecidos por la Corte Constitucional y reiterados por el Tribunal Superior de Bogotá, al dictar el fallo de segunda instancia. No obstante, la Juez atendiendo la solicitud formulada por el Magistrado Escobar Araújo, ordenó el desacato aduciendo que la rectificación carecía del reconocimiento expreso del error".

Para las asociaciones, este argumento "es incomprensible habida cuenta de que toda rectificación lleva implícito el reconocimiento de un error".

"Privar de la libertad a un periodista bajo un argumento tan insignificante constituye una afrenta de proporcionales incalculables y crea un grave precedente contra la actividad periodística", sostienen.

Sobre el uso de la tutela, Andiarios, Asomedios y SIP sostienen que ésta "es una herramienta indispensable para la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, y creen que, si bien es deber de todos respetar los fallos judiciales, éstos deben realizarse bajo los más estrictos parámetros de equidad y de justicia para evitar que la protección de unos derechos genere la vulneración de otros que, como en el caso de la libertad de información, gozan de especial protección constitucional".

Asimismo, recordaron que frente a un desacato promovido también por el Magistrado Escobar Araújo contra Alejandro Santos, director de la revista Semana, la Corte Constitucional lo dejó sin sustento al considerar que la rectificación se había hecho correctamente.

"Resulta nefasto para la libertad de prensa que se dicte una orden de arresto contra un periodista que ha actuado en derecho, atendiendo para la rectificación los parámetros establecidos por la Corte Constitucional; más aún cuando se trata de informaciones orientadas a ejercer la función fiscalizadora de los medios, frente a actuaciones de funcionarios judiciales", resaltan.

Según las asociaciones, "con frecuencia los funcionarios públicos utilizan las acciones judiciales contra medios y periodistas para restringir la libertad de información, por lo cual los jueces en estos procesos deben actuar con el máximo rigor".

Y agregan: "En este caso y en otros promovidos por el Magistrado Escobar preocupa la dificultad que entraña para un juez pronunciarse en contra de quien, en su condición de miembro del Consejo Superior de la Judicatura, tiene la posibilidad de influir en diversos aspectos de su cargo y funciones".

Publicación
eltiempo.com
Sección
Justicia
Fecha de publicación
31 de julio de 2009
Autor

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