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Orden de arresto internacional contra Juan Manuel Santos no es inmediata

La solicitud elevada por la justicia de Ecuador será analizada en la sede principal de ese organismo en Francia, donde se decide si prospera o no.

En la sede principal de la Policía Internacional (Interpol) en Lyon, Francia, el delegado de la Policía colombiana ante ese organismo tiene entre sus misiones estar atento a cualquier requerimiento.

Colombia, de acuerdo con personas que conocen la mecánica de ese organismo, no tiene manera de impedir que las autoridades judiciales ecuatorianas pidan la captura internacional de Santos, si así lo decide el juez que lleva la investigación.

Pero eso no significa que, automáticamente, Interpol expida una orden de detención internacional (circular roja).

Previo a ese paso, la Secretaría General de ese organismo evalúa si el requerimiento cumple los requisitos formales y de fondo para que el sistema internacional de Justicia entre a operar contra una persona en particular.

Y un punto clave que se analiza siempre es si el pedido se ajusta a los Estatutos de Interpol, que proscriben capturas por razones de índole político, militar, religioso o racial.

El caso del presidente peruano Alan García es emblemático a ese respecto. En tiempos de Fujimori, el entonces ex presidente García tuvo un pedido de captura internacional que fue llevado a Interpol y rechazado porque se consideró que la medida judicial obedecía a una situación política.

Incluso si Interpol publicara una circular roja contra Santos, a Colombia le quedaría la opción de pedir ante la plenaria que se reconsiderara la decisión a la luz de ese mandato.

En el escenario de que Ecuador hiciera la solicitud y la Interpol accediera a publicar la circular roja, cada país está en libertad de analizar el caso. Eso pasó, por ejemplo, con el ex premier de Kosovo Agim Ceku, que tiene una solicitud de captura de Serbia por supuestos crímenes de guerra.

En la mayoría de países del mundo, como ocurrió recientemente en Colombia, Ceku tiene dificultades para viajar, pero la orden de captura no se toma literalmente.

REDACCIÓN JUSTICIA

Publicación
eltiempo.com
Sección
Justicia
Fecha de publicación
2 de julio de 2009
Autor

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