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Hace 50 años
12 de julio de 1958
Nuevo Código Penal Militar
El Consejo de Ministros aprobó ayer el nuevo Código de Justicia Penal Militar, que será discutido en el Congreso de la República. Establece, entre otros, la supresión de la Corte Suprema Militar, para atribuir sus funciones a la Corte Suprema de Justicia; los delitos comunes cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas serán juzgados por la justicia penal militar durante el estado de sitio, y en situación normal, por la justicia ordinaria; los civiles solo serán juzgados por la justicia castrense cuando la caracterÃstica de los delitos sean tÃpicamente militares, entre estos el porte ilegal de armas, la posesión de pertrechos, la traición, el ataque armado a fuerzas del Ejército, etc.
El SIC debe ser autónomo
"No soy partidario de que se le quite su autonomÃa al SIC. Con base en la experiencia, es indispensable, por varios motivos, que el Servicio de Inteligencia Colombiano continúe siendo un organismo independiente si desea conservar su eficacia, ya que sus funciones requieren prontitud y los servicios que presta son algo asà como los ojos del Presidente de la República y de las altas autoridades, para asegurar el control y el mantenimiento del orden institucional", declaró ayer a este diario el director del organismo, teniente coronel Alejandro Londoño GarcÃa.
- Publicación
- eltiempo.com
- Sección
- Otros
- Fecha de publicación
- 11 de julio de 2008
- Autor
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