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Arrancan batalla jurÃdica contra alcaldesa de Cartagena
Judith Pinedo Flórez anunció que apelará ante el Consejo de Estado, luego que se declaró nula su elección. Se alegó que estaba inhabilitada porque su esposo fue defensor del pueblo en BolÃvar.
Tranquilidad, pidió la alcaldesa a sus coterráneos ante el fallo, de primera instancia, del Tribunal Administrativo de BolÃvar que declara nula su elección.
Los abogados demandantes, Mario Alario y Harold Guillermo Marrugo, argumentaron como inhabilidad el hecho de que su esposo, Arturo Zea Solano, era Defensor de Pueblo en BolÃvar dentro del año anterior a la elección de Pinedo.
La mandataria explicó que pese a que aún ayer no habÃa sido notificada de la decisión, sus abogados trabajan en la presentación del recurso de apelación ante el Consejo de Estado, pues desde enero ya sabÃa que esto iba a ocurrir.
Pinedo señaló que Juan Carlos GossaÃn, su adversario polÃtico, se reunió con los concejales que lo apoyaron a decirles "que no se desesperaran, que iba a recuperar su cuota polÃtica y sus secretarÃas porque en junio el fallo ya estarÃa resuelto".
Dijo sentirse bien y destacó que un caso similar al suyo se ventila en Huila, en donde el esposo de la actual Defensora del Pueblo de ese departamento fue elegido como alcalde de Aipe, pero las autoridades departamentales contestaron a los demandantes que no habÃa inhabilidad. El caso pasó al Consejo de Estado.
'Aquà hay una pelea por el poder económico'
¿Cómo califica el fallo?
No me coge por sorpresa porque era un secreto a voces contado por los polÃticos de reunión en reunión.
¿Qué polÃticos?
Pues muchos sectores polÃticos, pero particularmente sectores conservadores y de Cambio Radical.
¿Algo tiene que ver su ex contrincante a la AlcaldÃa Juan Carlos GossaÃn?
Lo insólito de este caso es que la demanda la interpone el señor GossaÃn, candidato del señor Nicolás Curi, y quien sà hizo uso público de los recursos públicos para tratar de elegirse como alcalde.
Y la interpone diciendo que a mà me inhabilita mi esposo por ser Defensor del Pueblo en el año anterior a la elección, cuando él, primero, llegó a la DefensorÃa muchÃsimo antes, por concurso y no por palanca en la época (Eduardo) Cifuentes, pero, segundo, no tiene autoridad administrativa, ni civil, porque los defensores del pueblo no tienen sino un poder moral, no contratan, no nombran, no sancionan, que son las circunstancias que ha determinado el Consejo de Estado como las que constituyen ejercicio de autoridad en un funcionario público. Ese es el debate.
¿Esto habÃa sido analizado jurÃdicamente antes de postularse?
Claro. Cuando tomé la decisión de aspirar y de participar en el proceso colectivo ciudadano ya habÃa sido 'retequeteconsultado', habÃa incluso pronunciamientos previos tanto del Consejo Electoral como del Consejo de Estado, y el hecho real es que en este proceso la ProcuradurÃa falla y conceptúa, hace cuatro dÃas, diciendo que no hay inhabilidad y deben denegarse las pretensiones de la demanda.
¿Considera que son torpedos que lanzan a su gestión administrativa?
Evidentemente. Aquà hay una pelea muy fuerte ni siquiera por el poder polÃtico, sino por el poder económico que significa estar manejando los recursos distritales desde adentro y para favorecer intereses particulares donde siempre pierde el Distrito.
CARTAGENA
- Publicación
- eltiempo.com
- Sección
- Nación
- Fecha de publicación
- 19 de junio de 2008
- Autor
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