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Resolución prohíbe fumar en espacios públicos y cerrados en Colombia

La resolución 1956 del Ministerio de Protección restringe también el cigarrillo en el transporte público e instituciones educativas (preescolar, básica y media).

La medida, dada a conocer a propósito del Día Mundial contra el Tabaco que se conmemora hoy, también fija restricciones al consumo de cigarrillo en todas las entidades de salud y establecimientos en los que se brinde atención a menores de edad.

Si bien acepta la habilitación de zonas para fumadores, deja claro que solo podrá hacerse en sitios abiertos o al aire libre.

Entre las consideraciones esgrimidas por el Ministerio en su resolución se cuentan los daños que causa a la salud la exposición al humo de tabaco, que contiene más de 4.000 compuestos tóxicos, 60 de los cuales son cancerígenos. También tiene en cuenta la prevalencia en el consumo, que afecta a 5 millones de adultos y al 30 por ciento de los adolescentes y jóvenes entre los 12 y los 18 años.

"En Colombia -de acuerdo con el texto de la resolución- diariamente mueren cerca de 68 personas por enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco y sus derivados".

La norma también reconoce los efectos nocivos del humo de segunda mano en la población no fumadora: "Los adultos expuestos en forma crónica al humo de tabaco ajeno también enfrentan riesgos más altos de cáncer de pulmón y enfermedad cardiovascular que la población no expuesta", dice la resolución.

La misma norma conmina a los propietarios, empleadores y administradores de los sitios en referencia a dar cumplimiento a estas medidas, con el propósito de proteger a los no fumadores y a adoptar acciones en ese sentido. Pide, por ejemplo, fijar en lugares visibles avisos con textos como: "Por el bien de la salud, este espacio está libre de humo de cigarrillo o de tabaco".

A pensar en normas más estrictas La Sociedad Colombiana de Cardiología y Cirugía Cardiovascular pidió al Gobierno que reglamente el Convenio Marco para el Control del Tabaco, tratado de salud pública del que Colombia es parte desde el pasado 10 de abril.

De acuerdo con la Sociedad, el país debe generar normas efectivas para disminuir el consumo de cigarrillo, basadas en las acciones recomendadas por el Convenio, como la creación de ambientes ciento por ciento libres de humo (es decir, sin espacios para fumadores o con ventilación especial), la prohibición de la publicidad directa e indirecta del consumo y el aumento de impuestos al cigarrillo.

Javier Pérez, presidente de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, aplaudió la medida tomada por el Ministerio, "no obstante, la epidemia de tabaquismo exige compromisos transectoriales más estrictos, para lo cual es necesario que el Gobierno lidere, a nivel legislativo, un proyecto de ley integral, que acoja los postulados del Convenio Marco y privilegie los intereses de la salud por encima de los privados de la industria".

Carlos Ignacio Cuervo, viceministro de Salud y Bienestar, sostiene que "esta resolución tiene el alcance que permite la competencia del Ministerio de la Protección Social; es importante que los entes territoriales la hagan efectiva y que, dependiendo de las condiciones sancionatorias, la apliquen y sancionen en donde haya lugar".

La resolución aborda solamente el tema de espacios libres de humo; frente a otros aspectos el Ministerio adoptará la estrategia de impulsar y apoyar otras iniciativas.

La resolución entrará en vigencia tras su publicación, que se producirá en los próximos días.

Publicación
eltiempo.com
Sección
Salud
Fecha de publicación
30 de mayo de 2008
Autor

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