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Juez impone prohibición para salir del país a hermanos Uribe Noguera

Fiscal dice que Catalina y Francisco quisieron obstruir la justicia. Audiencia duró más de 9 horas.

Un juez impuso a los hermanos Catalina y Francisco Uribe Noguera la prohibición para salir del país, tal como lo solicitó este martes la nueva fiscal designada al caso que se adelanta por el asesinato y violación de Yuliana Samboní.
En la diligencia, la fiscal María Lorenza del Castillo les reprochó a los hermanos de Rafael Uribe -perpetrador de los crímenes- que el pasado 4 de diciembre, día en el cual ocurrió el secuestro y homicidio de la menor, no llamaran al Gaula apenas encontraron a su hermano, aun cuando sabían que las autoridades lo estaban buscando a él y al vehículo en el que había raptado a la niña.
"No puede ser que omitan información deliberadamente. Optan por llevar a Rafael a una clínica. Si el personal del Gaula hubiese ingresado primero, la investigación sería más fácil", aseguró la fiscal.
"Una vez el señor Francisco vio el zapato de la menor debió haberle avisado a las autoridades y no actuar deliberadamente e ingresar al apartamento", dijo la funcionaria, al referirse a la declaración de Francisco en la que reconoció haber visto un zapato de la niña en la camioneta.
Argumentó, además, que existe una posible obstrucción a la justicia en la medida que cuando Francisco fue consultado por el Gaula sobre el vehículo que estaba a su nombre dijo que se encontraba en manos de un familiar pero no dio el nombre exacto de Rafael, su hermano.
Los hermanos Uribe llegaron al complejo judicial hacia las 8:30 a. m. para asistir a la audiencia que fue citada luego del relevo hecho el viernes por la Fiscalía de la funcionaria que estaba a cargo del proceso por no solicitar medida de aseguramiento contra ellos.
¿En que consistiría la medida?
Una medida de aseguramiento contra los hermanos Uribe Noguera, no implicaría detención en centro carcelario, toda vez que el delito que se les imputó –favorecimiento para secuestro simple– tiene un mínimo de pena de 16 meses de cárcel, es decir, hace parte de los delitos que se consideran excarcelables, razón por la cual la Fiscalía podía solicitar medidas diferentes a la privación de la libertad, como vigilancia electrónica, restricción de movilidad, presentación ante un juez en citas periódicas o restricción para salir del país.
 REDACCIÓN JUSTICIA
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