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La Corte Constitucional busca proteger a los más vulnerables

Se busca que tutelas protejan los derechos fundamentales y que provengan de comunidades afectadas.

JUSTICIA
El año pasado, tras estallar en la Corte Constitucional el escándalo por las supuestas irregularidades en la selección de una tutela en el caso de Fidupetrol, el alto tribunal modificó su reglamento.
El primer filtro lo hacen estudiantes de derecho,quienes se basan en varios criterios de los despachos para la selección de al menos 30.000 procesos que llegan cada mes.
Entre estos, según fuentes, se busca por ejemplo que las tutelas pretendan la protección de derechos fundamentales, que estén bien fundamentadas y que puedan servir para sentar jurisprudencia.
Además, uno de los criterios que también se prioriza es que provengan de comunidades vulnerables o de sujetos de especial protección para defender derechos de niños, adultos mayores, o de minorías como comunidades étnicas y población LGBTI, entre otros.
Tras esta selección, las tutelas elegidas pasan a los magistrados auxiliares, quienes realizan un segundo filtro. El nuevo reglamento creó una tercera instancia: la Unidad de Análisis y Selección de Tutelas, conformada por un abogado de cada despacho de los magistrados, más un relator y dos abogados de la Sala Plena de la Corte, quienes hacen el último filtro.
Son estas tutelas las que pasan a la Sala de Selección, conformada por dos magistrados que se rotan cada mes y que son elegidos por sorteo. En una audiencia, estos magistrados realizan un sorteo con balotas para repartir las tutelas a los despachos de los diferentes magistrados. Con el nuevo reglamento, estas audiencias son públicas y en ellas tienen asiento delegados de la Procuraduría y de la Defensoría del Pueblo.
Un exmagistrado de la Corte dijo que la cantidad de tutelas a favor de comunidades se explica porque la Corte “tiene una inclinación de protección de derechos de minorías y de comunidades especialmente vulnerables como las étnicas”.
En febrero pasado, cuando la Corte Constitucional prohibió la minería en páramos, su presidenta, María Victoria Calle, advirtió que el alto tribunal “no es indiferente a la importancia de ciertos proyectos de desarrollo acordados entre organismos del Estado y los particulares. Lo que ocurre es que en la Constitución colombiana, aunque no está previsto un determinado modelo de desarrollo económico, sí hay algunos límites fundamentales que deben respetarse”.
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