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Tres faltas sacaron al Alcalde de Bogotá de su cargo

Fallo dice que Gustavo Petro entregó el servicio de aseo a entidades que no estaban capacitadas.

REDACCIÓN JUSTICIA
Casi un año después de la crisis que tuvo a Bogotá prácticamente tres días sin recolección de basuras, Gustavo Petro Urrego se convirtió este lunes en el primer alcalde de la capital en ser destituido por la Procuraduría. La sanción de mayo del 2011 contra Samuel Moreno, protagonista del ‘carrusel’ de la contratación, fue apenas una suspensión del cargo. (Vea aquí un especial de ELTIEMPO.COM con todo sobre la destitución de Petro)
El procurador Alejandro Ordóñez oficializó la inédita medida contra Petro –que instaurará un recurso de reposición ante el mismo funcionario el próximo 30 de diciembre– por “tres faltas gravísimas” relacionadas con el accidentado proceso que marcó el regreso del Distrito a la prestación del servicio de aseo en Bogotá. Además, le impuso sanción de inhabilidad de 15 años para ocupar cargos públicos, que el mismo Alcalde calificó como una “cadena perpetua” y que en la práctica lo ‘mata’ políticamente. (Vea aquí cómo fue el modelo de aseo que le costó caro a Petro)
Tres fueron los ‘pecados’ del Alcalde Mayor en el proceso, según el voluminoso expediente recabado por el procurador delegado Juan Carlos Novoa Buendía y fallado por Ordóñez. El primero, en palabras del Procurador General, fue la decisión “libre, consciente y voluntaria” de “asignarles la prestación del servicio de aseo a dos entidades sin ninguna experiencia, conocimiento y capacidad (la Empresa de Acueducto de Bogotá y su filial Aguas de Bogotá)”.
La Procuraduría encontró que el 4 de diciembre del 2012, es decir, a menos de dos semanas de que terminaran los contratos con los operadores privados, la Empresa de Acueducto firmó un convenio con Aguas de Bogotá que le entregó a esta última empresa la responsabilidad de manejar las 6.500 toneladas de desechos no reciclabes que produce a diario la ciudad. (Lea además: Bogotá entraría en una etapa electoral atípica)
Además, el Acueducto terminó, gracias a una modificación estatutaria firmada por Petro en septiembre, habilitado para prestar un servicio que nunca estuvo en su portafolio y que subcontrató en su totalidad. La Uaesp le otorgó esa facultad al Acueducto, y Aguas de Bogotá fue encargada de una función básica para los bogotanos a pesar de que menos de un año antes, según la Contraloría Distrital, “era inviable financieramente”. Según la Procuraduría, como resultado de esa falta de capacidad se improvisó “en la compra y alquiler de compactadores nuevos y usados con evidentes detrimentos al patrimonio público”, a lo que se agregó que “el Distrito volvió a contratar a los operadores privados” a los que pretendió reemplazar. (Encuentre aquí el debate en torno a las facultades del Procurador para inhabilitar a funcionarios)
‘Limitó la libre competencia’
“La determinación intencionada del señor Alcalde quedó evidenciada en las precisas instrucciones que le dio al entonces gerente del Acueducto de Bogotá, Diego Bravo, en los meses de julio y agosto del 2012, así como en sus intervenciones en múltiples actos públicos y oficiales, donde asumió como suya la decisión de que un nuevo operador público prestaría el servicio de aseo en el cien por ciento de la ciudad, a pesar de que conocía que el Acueducto de Bogotá y la empresa Aguas de Bogotá eran totalmente incapaces de prestar el servicio de aseo”, señala el fallo. Hoy, los privados operan en casi el 40 por ciento de la capital. (Encuentre aquí las reacciones de Petro en Twitter a su destitución)
El expediente dice también que Petro, “de manera libre, consciente y voluntaria”, expidió un decreto que “vulneraba los principios constitucionales de libre empresa y competencia e impuso una serie de restricciones y limitaciones para que otras empresas, distintas a las del Distrito, no prestaran el servicio de aseo a partir del 18 de diciembre del 2012”.
El decreto facilitaba la firma de convenios para la prestación del servicio y limitaba el acceso de operadores al relleno sanitario Doña Juana.
“La Procuraduría –dijo Ordóñez– probó que la realización de las conductas referidas fueron cometidas por el señor Alcalde de manera consciente y voluntaria, en la medida en que él sabía que sus decisiones eran irregulares, como lo habían advertido en forma oportuna varias entidades nacionales y distritales, entre ellas la Superintendencia de Industria y Comercio, Superintendencia de Servicios Públicos, la Procuraduría Delegada Preventiva para la Función Pública, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, la Contraloría Distrital y el Ministerio de Ambiente”. (Lea aquí una columna de opinión sobre Petro, un alcalde en permanente controversia)
Las volquetas
La tercera falta por la que Petro fue hallado responsable tiene que ver con las decenas de volquetas que fueron usadas en Bogotá para recoger las basuras. Esto, dice la Procuraduría, violó normas como la obligación de cubrir la carga contaminante, impedir la fuga de fluidos derivados de las basuras y tener diseños seguros para los operarios. El uso de volquetas, agrega, “se convirtió en una de las causas por las cuales durante los días 18, 19 y 20 de diciembre del 2012 se dejaron de recoger entre 6.000 y 9.000 toneladas de basuras en la ciudad”.
“La Procuraduría –concluye el expediente– demostró que la determinación del señor Alcalde Mayor provocó la crisis y caos en el mes de diciembre del 2012, la incorrecta prestación del servicio de aseo por la utilización de volquetas hasta el mes de julio del 2013 y el riesgo actual de que los vehículos compactadores nuevos que adquirió la ciudad estén a punto de perderse, todo ello atribuible a la manifiesta incapacidad del Acueducto de Bogotá y la empresa Aguas de Bogotá. Así mismo, se probó que las decisiones del señor Alcalde vulneraron el principio de libertad de empresa y pusieron en riesgo el medioambiente y la salud humana de los habitantes de Bogotá”.
La defensa de Petro anunció que interpondrá el recurso de reposición el 30 de diciembre. Ordóñez no tiene términos para decidir, pero en otros casos lo ha hecho menos de un mes después del fallo inicial.
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